Los Pueblos primitivos

  • 753 BCE

    Roma

    Roma
    La monarquía, que es una fase primitiva de desarrollo en todos los ámbitos, tenemos la etapa "de las acciones de la ley". Durante la república se nos presenta la etapa denominada del proceso formulario, y en el imperio surge el llamado proceso extraordinario. Las dos primeras pertenecientes a lo que se llamó el orden
    judicial privado y la tercera, perteneciente a lo que se ha denominado el orden judicial público.
  • 222 BCE

    Los Germanicos

    Los Germanicos
    Existía una asamblea del pueblo,el juez solamente intervenía como instructor de debates.La sentencia pronunciada por esta,como propuesta,después por un mandamiento del juez.El proceso,en el cual existe aún la autodefensa,y su fin es el de obtener una reparación,procurando un acuerdo entre las partes y,si éste no se logra,entonces el pago de una sanción,con objeto de evitar la venganza.El procedimiento es público,oral y de rigor formalista.Las pruebas se dirigen al adversario
  • 1 BCE

    Los Pueblos primitivos

    Los Pueblos primitivos
    Durante las etapas primitivas de los pueblos, observamos que la administración de justicia está en manos de uno o varios, y que la solución de los litigios tendrá características místicas o mágicas religiosas.
    Al evolucionar estas comunidades primitivas toleran y reglamentan ciertas formas auto compositivas y es característico de muchas comunidades primitivas que, inclusive en delitos graves como el homicidio, se contase con un amplio margen de negociación entre las partes afectadas.
  • 1478

    Proceso Inquisitorial

    Proceso Inquisitorial
    El proceso inquisitorial es característico de los regímenes absolutistas anteriores a la Revolución francesa. Aquí,el juez ejerce el poder que le ha sido transmitido o delegado por el soberano,sin limitación. Además de ser el juzgador,es también un investigador con amplios poderes e inclusive un acusador.Se cree que en el llamado proceso inquisitorial en rigor no hay tal proceso ni mucho menos habría desempeño, por parte del estado, de una genuina función jurisdiccional.
  • La revolución francesa y la codificación

    La revolución francesa y la codificación
    Esta codificación tiene el mérito de separar los textos sustantivos de los textos adj. o procesales.Códigos napoleónicos:Código Civil; Código Penal;Cód.Proc.Civiles;Cód.Proc.Penales, y Cód.Comercio;dos sustantivos y dos adj. o procesales.La importancia de los códigos napoleónicos es que a partir de ellos, tanto en Europa como en América comienzan a promulgarse códigos independientes para el proceso civil y para el proceso penal,estriba en la repercusión y resonancia que tuvieron en el mundo.
  • Antiguo enjuiciamiento español

    Antiguo enjuiciamiento español
    Estudio del derecho procesal mexicano.Organización judicial con aplicación exclusiva a los godos aparece en España,en los cuerpos de legislación general,influidos por ideas romanas,donde el der.se manifiesta con mayor espontaneidad.Tiene importancia el Código de las Partidas de 1265,representó un retorno al proc.clásico romano, tiene como antecedente de der.proc.al Digesto,encuentra el antecedente de mayor importancia de las legislaciones procesales de los pueblos de habla española.
  • Proceso medieval Italiano

    Proceso medieval Italiano
    Fusión de los proc.romano y germano.Comienza por citación con plazo(se presenta la demanda) al demandado.Caract.principal,su lentitud.Proc.ejecutivo, misión del deudor o de determinados documentos dotados por la ley de una fuerza ejecutiva,se llega directamente a la ejecución,o a una cognición sumaria.El mandato condicionado o no,enlazado con el proc.interdictal romano,y con este el proc.monitorio.
    El proc.embargo se propone una garantía de la ejecución contra el deudor sospechoso.