Prehistoria

Los Pueblos Primitivos

  • 2000 BCE

    Pueblos Primitivos

    Presentan rasgos similares de evolución conforme se desarrollan los grupos sociales.
    Orígenes de la función jurisdiccional y formas procesales son propios de todos los pueblos de la Tierra.
  • 1325 BCE

    Aztecas

    Contaba con Tribunales y un proceso más o menos organizado (organización judicial)
    La máxima autoridad era el Huey Tlatoani, en paralelo con su funcionario gemelo Cihuacóatl.
  • 500 BCE

    Los Germánicos

    Con ellos se da el inicio de la Edad Media, debido a la mezcla de los elementos romanos germánicos, llevando a cabo los procesos medievales.
    La asamblea contaba con el Ding (juez), el cual intervenía solo como instructor, y la sentencia era pronunciada por la asamblea.
    Finalidad: obtener una reparación, inicialmente era un acuerdo entre las partes, en caso de no lograse, el pago era una sanción pecuniaria.
    El procedimiento es público, oral y de rigor formalista.
  • 27 BCE

    Roma

    De carácter militar y jurídico, características fundamentales de este pueblo (jurista y guerrero).
    Dividido en 3 etapas: -Monarquía -República -Imperio.
    Las 2 primeras pertenecen al orden judicial privado, la tercera al orden judicial público.
  • 27 BCE

    - Acciones de la Ley

    Se encuentra su fundamento en la Ley de las 12 Tablas.
    Legis Adió, es un modo de proceder que se adapta a diversos derechos.
    Acciones de la ley de carácter declarativo
    - Legis actio sacramento
    - Legis actio per iudicis postuiationem
    - Legis actio per conditionem
    Acciones ejecutivas
    - Legis actio per manus iniectionem
    - Per pigñoris capionem
  • 27 BCE

    - El Procedimiento formulario

    Pretor peregrini, venía a permitir formas más ágiles y más rápidas de solución de conflictos.
    Partes fundamentales: intentio, demostrado, adiudicatio y condenado.
  • 27 BCE

    - El proceso extraordinario

    Manifestación del orden judicial público.
    Es de una sola fase.
  • 1200

    Proceso Medieval Italiano

    Comienza con la presentación de la Demanda.
    Litis contestado es la incorporación del demandado a la contienda.
    Se rige una teoría probatoria legal o formal; la sentencia se impugna mediante la querella nullitatis (nulidad de la sentencia), lo que actualmente se conoce como amparo directo.
  • 1265

    Antiguo Enjuiciamiento Español

    Se regía mediante un derecho popular y localista.
    Evolución del derecho español:
    - Código de Partidas 1265
    - Ordenamiento de Alcalá 1348
    - Ordenamiento Real 1485
    - Ordenanzas de Medina 1489
    - Ordenanzas de Madrid 1502
    - Ordenanzas de Alcalá 1503
    - Leyes de Toro 1503
    - Nueva Recopilación 1567
    - Novísima Recopilación de las Leyes de España 1805
  • La Revolución Francesa

    Este movimiento ataca el poder absoluto de los monarcas, creando los modernos estados de derecho, así como los cimientos que sostendrán el capitalismo y Revolución industrial mecánica.
    Se desarrolla la siguiente filosofía: todo lo que no está permitido, está prohibido para el Estado; al contrario del ciudadano, libre y autónomo, todo lo que no está prohibido está permitido.
  • Procesos Inquisitorial, dispositivo y publicista.

    El proceso inquisitorial es característico de los regímenes absolutistas, donde el juez ejerce el poder que le ha sido transmitido o delegado.
    El proceso dispositivo se aplica el principio: todo lo que no está permitido está prohibido, y para las partes, todo lo que no está prohibido esta permitido.
    El proceso publicista es un intento de atenuar las aberraciones que se arribo con un proceso dispositivo exagerado y mal entendido, creandose las ramas especiales jurídicas.