Los Pueblos Primitivos

  • 400

    Pueblos primitivos (Anteriores a 800 a.C.)

    Pueblos primitivos (Anteriores a 800 a.C.)
    Estos procesos de justicia se caracterizaban por un formalismo y teatralidad sin los cuales los actos procesales carecían de validez (gestos, actuaciones, palabras sacramentales, inclinaciones), estos fueron los antecedentes procesales en sí.
    La administración de justicia se depositaba en brujos, consejos de ancianos o un jefe.
    Los litigios se solucionaban con características místicas, mágicas o religiosas.
  • Jan 17, 753

    Roma 753 a.C- 476 d.C

    Roma 753 a.C- 476 d.C
    Es una fase primitiva que permitió un desarrollo en todos los aspectos, así como la creación de una etapa llamada: “de las acciones de la ley”.
    Estas acciones son procedimientos rigurosos enmarcados en cierto ritualismo, encuentra su fundamento en la Ley de las Doce Tablas.
  • Jan 17, 753

    Monarquía 753a.C- 509 a.C Acciones de la ley

    Monarquía 753a.C- 509 a.C Acciones de la ley
    Procedimiento riguroso enmarcado en cierto ritualismo religioso, su fundamento se encuentra en las XII tablas. Las partes debian adoptar palabras, gestos, y actitudes prescritas por la ley. Las acciones de la ley eran 5 formas de actuación, 3 de carácter declarativoy 2 de carácter ejecutivo
  • Jan 17, 753

    República 509 a.C.-27 d.C Procedimiento Formulario

    República 509 a.C.-27 d.C Procedimiento Formulario
    Empieza una etapa llamada “del proceso formulado”. Este proceso tiene su fundamento procesal en la fórmula que es una instrucción escrita donde el magistrado nombra un juez y fija elementos sobre los cuales debe fundarse un juicio.
    Este procedimiento permitió formas más ágiles y rapidas de solución de los cnflictos, sin que hubiese necesidad de sujetarse al rigorismo y al enmarcamiento de las acciones de la ley
  • Jan 17, 753

    Imperio 27 d.C.-476 d.C. Proceso Extraordinario

    Imperio 27 d.C.-476 d.C. Proceso Extraordinario
    Empieza una etapa llamada “proceso extraordinario”. Este proceso es una manifestación del orden judicial público, mientras que las acciones de ley y en el proceso formulario hay duplicidad de etapas, en el proceso extraordinario, la duplicidad desaparece para que todo se desenvuelva frente a un funcionario estatal, un magistrado
  • Jan 17, 1000

    Los Germánicos

    Los Germánicos
    Con ellos empieza la decadencia de Roma, se desplegaron rápidamente de norte a sur, encontrándose con los romanos iniciando así la Edad media. Sus litigios eran conocidos por una asamblea del pueblo (DING) en la que el juez solo intevenía como investigador del derecho y director en los debate, la sentencia era dictada por la asamblea, tenia un procedimiento público, oral y formatisla.
  • Jan 17, 1100

    Proceso Medieval Italiano

    Proceso Medieval Italiano
    Se fusiona el procedimiento Romano y Germano, el proceso se caracteriza por su lentitud, para lo cual se crean reformas a partir de la mitad del siglo XIII, es asi como surgen los juicios sumarios
  • Jan 17, 1325

    Aztecas

    Aztecas
    El pueblo azteca contaba con tribunales y con un proceso más o menos organizado.
    Tenían existencia de una primitiva organización judicial, la máxima autoridad era el rey, había tribunales como el Tlacatécatl, existía una casa o edificio donde residían los tribunales, la oralidad en los procedimientos era una característica fundamental, los jueces tenían la obligación de asistir a los tribunales, y éstos deberían funcionar desde la salida hasta la puesta del Sol.
  • Jan 17, 1400

    Antiguo Enjuiciamiento Español

    Antiguo Enjuiciamiento Español
    Con influencia romana del espíritu romano y germano surge el fuero juzgo que tiene un sello humanista y filosófico, aunque de poca aplicación. Un ordenamiento importante fue el código de las partidas de 1265, el cual retornó al proceso clásico romano y que en su partida III tiene como antecedente de derecho procesal, al digesto. La tercera partida se proyecta como fuente de inspiración de la mayoría de códigos de procedimientos civiles hispanoamericanos.
  • Proceso Inquisitorial

    Proceso Inquisitorial
    Este proceso es característico de regímenes absolutistas anteriores a la Revolución Francesa donde el juez ejerce un poder transmitido o delegado por el soberano sin limitaciones y el juzgador es un investigador con poderes.
    Sin embargo este proceso rompe con la característica del proceso y por tanto se cree que este no cuenta como proceso como tal.
  • Revolucion Francesa y Codificación

    Revolucion Francesa y Codificación
    Triunfo de la burguesía sobre la nobleza y el feudalismo. Movimiento social, económico y filosófico trascendental para la humanidad, basado en la filosofía de la ilustración e ideas de Rousseau, Montesquieu, Voltaire y Locke. Movimiento individualista, se dan garantías individuales, lucha de clases, surge la codificación francesa, que tiene como mérito el separar códigos de derecho adjetivo y procesal, código civil, penal, procesal civil y de procedimientos penales y el código de comercio.