LINEA DEL TIEMPO

  • 3500 BCE

    Venganza privada

    A esta etapa suele llamársele también, venganza de la sangre o época bárbara. Ese antecedente de todas las instituciones jurídicas penales
  • 1122 BCE

    Venganza divina

    Ésta función represiva se da en los pueblos teocráticos; es decir, lo divino es una proyección que es el eje fundamental de la constitución del mismo estado; los conceptos de derecho y religión se funden en uno solo, y así el delito, más que una ofensa a las personas o grupos, lo era a la divinidad. La justicia era manejada por la clase sacerdotal.
  • 1000 BCE

    Venganza pública

    En ésta etapa de la evolución de las ideas penales, se transformar los conceptos de pena y función represiva, dándoseles un carácter eminentemente público con el objeto de aspirar a mantener a toda costa, la tranquilidad pública.
  • Periodo humanitario

    Ésta surge debido a que el derecho penal se empieza a preocupar en desterrar concepciones caracterizadas por la brutalidad, la crueldad, es decir, las prácticas inhumanas. Su principal exponente es Cesar Beccaria
  • Periodo científico

    En ésta etapa empiezan a cobrar auge el estudio del derecho penal en la que surgen diversas teorías como:
    a). El surgimiento del principio “nullum crime sine lege, nulla poena sine lege”
    b). El derecho de defensa es el fundamento del derecho penal, afirmándose que la legitima potestad de castigar se origina en la necesidad.
    c). El derecho de castigar es un derecho de necesidad política
    d). Sobre la pena
  • Escuela positiva.

    Fue consecuencia del auge por las ciencias naturales en los estudios filosóficos del siglo xix, y se hizo sentir en todas las disciplinas, incluyendo el derecho. Los principales exponentes son los pensadores italianos Cesar Lombroso, Enrique Ferri y Rafael Garofalo
  • Escuela clásica.

    Se le denomina de esta manera al movimiento jurídico filosófico anteriores a las doctrinas que no se adaptaron a las nuevas ideas, a los resiente sistemas. Su principal exponente es Francisco Carrara
  • La tercera escuela.

    Esta surge posteriormente a la escuela clásica y a la escuela positiva aceptando parcialmente sus postulados y constituyendo por consecuencia una postura ecléctica entre ambas. Los principales percusores Alimena y Carnevale
  • Sistema causalista.

    Nace a partir de la obra de Franz Von Liszt, quien se apoya en el concepto de “acción” como un fenómeno causal natural como punto de partida del delito. Esta teoría la expone en su obra denominada “tratado de derecho penal”. recoge las ideas de las escuelas clásica y positivista además que aplica el método naturalísitico en boga a fines del siglo xix.
  • Sistema finalista.

    Esta teoría es iniciada por Von Weber y Graf Zu Dohna. La teoría de la acción final establece que la acción es precisamente eso: final. la finalidad o el carácter final de la acción se basa en que el hombre puede perder dentro de ciertos límites, las consecuencias de su actividad, proponerse por tanto fines diversos y dirigir su actividad conforme a su plan. La actividad final es obrar orientado conscientemente a un fin, por lo que la finalidad es vidente.
  • Modelo lógico matemático.

    Surge en el año de 1965, cuyos principales exponentes son Elpidio Ramírez Luna y Olga Islas de Mariscal. El derecho penal se estructura con una categoría tricategorial; que en matemáticas sería un conjunto.
  • Funcionalismo.

    Surge en el año de 1970, cuyos principales exponentes son fueron Roxin y Jacobs; quienes se fundamentan en las formas de prevención de la comisión de los delitos.