Línea de tiempo para la transferencia válida de un fondo de comercio según la Ley N° 11.687

  • 1001

    1. Publicación de Avisos (Artículo 2)

    1.	Publicación de Avisos (Artículo 2)
    o Duración: 5 días consecutivos.
    o Contenido: Clase y ubicación del negocio, nombre y domicilio del vendedor y comprador, nombre y domicilio del rematador y escribano (si intervienen).
    o Medios: Boletín Oficial y al menos un diario local.
  • 1002

    2. Entrega de Nota al Comprador (Artículo 3)

    2.	Entrega de Nota al Comprador (Artículo 3)
    o Plazo: Antes de la firma del contrato.
    o Contenido: Detalle de créditos adeudados, nombres y domicilios de acreedores, montos y fechas de vencimiento
  • 1003

    3. Oposición de Acreedores (Artículo 4)

    3.	Oposición de Acreedores (Artículo 4)
    o Plazo: 10 días desde la última publicación.
    o Acción: Acreedores notifican al comprador, rematador o escribano para solicitar la retención del importe de sus créditos y el depósito en cuenta especial.
  • 1004

    4. Embargo Judicial (Artículo 5)

    4.	Embargo Judicial (Artículo 5)
    o Plazo: 20 días desde la notificación de oposición.
    o Acción: Acreedores deben trabar embargo judicial. Si no lo hacen, el comprador puede retirar las sumas depositadas.
  • 1005

    5. Otorgamiento del Documento de Transferencia (Artículo 4)

    5.	Otorgamiento del Documento de Transferencia (Artículo 4)
    o Plazo: Después de los 10 días de la última publicación y sin oposición o con retenciones y depósitos realizados.
    o Requisitos: Documento debe ser por escrito y registrado en el Registro Público dentro de los 10 días posteriores a su otorgamiento.
  • 1006

    6. Inscripción en el Registro Público (Artículo 4)

    6.	Inscripción en el Registro Público (Artículo 4)
    o Plazo: Dentro de los 10 días posteriores a la firma del documento.
    o Efecto: Producción de efectos frente a terceros.