Línea de Tiempo para la Transferencia Válida de Fondo de Comercio según la Ley N° 11.687
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-Acción: Publicar un aviso en el Boletín Oficial y en uno o más diarios o periódicos del lugar donde funciona el establecimiento.
-Duración del aviso: 5 días.
-Contenido del aviso:
Clase y ubicación del negocio.
Nombre y domicilio del vendedor y del comprador.
Nombre y domicilio del rematador y del escribano, si intervienen. -
-Acción: El vendedor entrega al comprador una nota firmada que debe incluir:
Detalle de los créditos adeudados.
Nombre y domicilio de los acreedores.
Montos y fechas de vencimiento de los créditos. -
Desde la última publicación (después de 5 días), los acreedores tienen 10 días para notificar oposición a la transferencia.
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Los acreedores que se oponen notifican formalmente en el domicilio denunciado. En caso de oposiciones, el comprador debe retener y depositar las sumas reclamadas en la cuenta especial del banco.
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Los acreedores tienen 20 días para solicitar embargo judicial si se oponen formalmente. Si no hay oposición o la oposición se resuelve en favor del comprador, continúa el proceso.
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Una vez vencido el plazo sin oposiciones o resueltas estas, el vendedor y comprador firman el documento de transferencia.
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Inscribir el acto de transferencia en el Registro Público (debiendo realizarse dentro de los 10 días siguientes) para que tenga efectos frente a terceros.