Ley 11.867 Proceso de transferencia de fondo de comercio.

  • PASO 2 Entrega de Nota al comprador.

    Quien desee transferir el fondo de comercio deberá entrar una nota firmada al presunto comprador, donde detalle lo siguiente:
    1_ Detalle de los créditos adeudados.
    2_ Nombre y domicilio de los acreedores.
    3_ Montos de los créditos adeudados.
    4_ Fechas de vencimiento si las hay.
  • PASO 3 Plazo de Oposición de Acreedores.

    Los acreedores tendrán 10 días desde la ultima publicación para oponerse a la operación de transferencia.
    Pueden solicitar la retención del importe de su crédito y su depósito en una cuenta especial en el banco.
  • PASO 4 Embargo.

    Desde la notificación de oposición el acreedor tendrá 20 días para trabar embargo judicial, pasado ese plazo si el acreedor no trabo embargo, el depositante podrá retirar los fondos depositados.
  • PASO 5 Otorgamiento del Documento de Transferencia.

    Podrá firmarse después de transcurridos 10 días desde la ultima publicación si no hay oposiciones, o si hubo oposiciones pero ya se hicieron las retenciones y depósitos.
  • PASO 6 Producir Efectos Frente a Terceros.

    EL documento deberá extenderse por escrito e inscribirse en el Registro Público dentro de los 10 días de su otorgamiento.
  • PASO 1 Publicación de Aviso.

    Publicar un aviso por 5 días en el Boletín Oficial y en uno o mas diarios de mayor circulación del lugar donde funcione el establecimiento a transferir.
    Este anuncio deberá incluir:
    1_ La clase y ubicación del negocio.
    2_ Nombre y domicilio del vendedor y del comprador.
    3_ Nombre y domicilio del rematador y del escribano, si estos interviniesen.