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Las normas del derecho penal mexicano se remontan a la época prehispánica, en ese periodo del tiempo las normas no estaban establecidas en escritos , estaban contenidas en códices en forma de pinturas, estas fueron interpretadas y plasmadas por los españoles.
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LAS CONDUCTAS Y SANCIONES DESARROLLADAS EN LA ÉPOCA PREHISPÁNICA PUEDEN APROXIMARNOS A LO QUE ERA EL DERECHO PENAL DE ESA ÉPOCA, LO QUE PRESENTA CARACTERÍSTICAS MUY DIFERENTES A NUESTRA CONCEPCIÓN ACTUAL DE LAS SANCIONES.
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3.- había diversas sanciones como, la muerte, la esclavitud, privación ilegal de la libertad, castigos corporales, destierro, confiscación, algunas tan singulares como la demolición de la casa del infractor.
4.-. la duración de la pena y su forma de ejecución dependían de la clase social del delincuente. -
Las sanciones que se imponían en el territorio de la triple alianza- México, Texcoco, y Tacuba.
Las prisiones se referían en cierta forma a la privación de la libertad, esta era aplicada por el llamado en esa época teipiloyan, para deudores y reos exentos de pena capital.
El cauhcalli se imponía para los responsables de delitos considerados graves.
El malcalli se imponía para los prisioneros de guerra.
El petlacalli se imponía para los que cometieran faltas leves. -
ÉPOCA COLONIAL.
Después del conquista se establecieron instituciones jurídicas que regularían la vida en los territorios españoles.
La Recopilación de 1805 y las Siete Partidas fueron los ordenamientos frecuente mente aplicados en la Nueva España.
Los delitos se concebían desde una perspectiva religiosa y política- como un acto pecaminoso que infringe los cánones de la religión, la penalidad era una forma de escarmiento. -
2014 se adoptó en el nuevo proceso penal acusatorio el Código Nacional de Procedimientos Penales
Al terminar la revolución y emitida la constitución de 1917, se elaboro el llamado Código de Almazán de 1912. -
EPOCA INDEPENDIENTE
después de la consumación de la independencia de México en 1821, surgen problemas entorno a la política que se adoptaría, centralismo o federalismo, a pesar de esos problemas surge la constitución de Apatzingán 22 de Octubre 1814.
En esta constitución se encuentran las base para la promulgación de las leyes futuras penales, El Principio de Legalidad Artículo 121 y los fines de las penas Artículo 23. -
2014 se adoptó en el nuevo proceso penal acusatorio el Código Nacional de Procedimientos Penales
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En 1835 se expidió el primer ordenamiento penal de nuestra historia, que fue el Código Penal de Veracruz .
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En 1851-1852 se elaboró el Código Criminal Penal este fue dado a conocer el 14 de Julio de 1853. Este proyecto no llego a tener validez.
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En la constitución de 1857 se adopto el sistema federal y se establecieron las bases para la emisión de leyes penales, surgiendo la necesidad de emitir un Código Penal para toda la federación y territorios federales y se dejo reservada a los estados la factibilidad para legislar un ordenamiento del fuero común.
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Código Penal de 1871
Tomando como modelo el Código Español de 1870, se elaboro el Código Penal del Distrito Federal y territorio de Baja California sobre los delitos del Fuero Común y para toda la republica sobre delitos contra la federación promulgado el 7 de diciembre de 1871. En este código se adoptó una ideología liberal proveniente de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre. -
CÓDIGO PENAL DE 1931
Este código no fue publicado, pero resulta muy importante lo contenido en las actas que nos pueden orientar sobre los lineamientos que los guiaron y la interpretación autentica del mismo. La fórmula: no hay delito sino delincuente, debe completarse así, no hay delincuentes sino hombres.
Ninguna escuela ni doctrina ni sistema penal alguno puede servir para fundamentar íntegramente la construcción de un código penal. -
2014 se adoptó en el nuevo proceso penal acusatorio el Código Nacional de Procedimientos Penales
El incremento en la criminalidad, la inseguridad, las injusticias por la impunidad, la condena de inocentes y el desamparo de las víctimas, vividos a finales del siglo pasado y en la primera década del presente siglo. Dieron como respuesta una reforma a la CPEUM el 18 de junio del 2008 establecen las bases de un nuevo sistema en materia de seguridad publica y materia penal. -
A partir del 5 de Marzo del 2014 se adoptó en el nuevo proceso penal acusatorio el Código Nacional de Procedimientos Penales ( CNPP) donde se desarrolla un sistema de interpretacion funcionalista y social.