Rc

La Reforma Constitucional y el Sistema Penal Acusatorio

  • Reforma del 18 de junio de 2008

    Reforma integral que establece las bases para regular el sistema procesal penal acusatorio y aplica diversas modificaciones al sistema penitenciario y de seguridad pública. Se reforma 10 artículos, 7 de los cuales son en materia penal, uno sobre facultades del congreso de la unión, uno sobre el desarrollo municipal y el ultimo en materia laboral
    Reconociendo la importancia en un cambio sustancial dentro del sistema penal que hoy opera en México
    .
  • Reforma del 01 de junio de 2009

    Se adiciona un segundo párrafo, recorriéndose los subsecuentes en su orden, al artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    Incorpora el derecho de toda persona a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición.
  • Reforma de 14 de agosto de 2009

    Se adiciona un segundo párrafo al art. segundo transitorio y un art. tercero transitorio al decreto por el que se declaran reformado el párrafo cuarto y adicionados los párrafos quinto y sexto, y se recorre el orden de los últimos dos párrafos del art. 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece el plazo de 1 año para que la Federación expida las leyes que se requieran en el orden federal para la implementación del sistema de justicia integral para adolescentes.
  • Reforma de 10 de junio de 2011

    Se modifica la denominación del Capítulo I del Título Primero y reforma Y adicionan los artículos 1o., 3o., 11, 15, 18, 29, 33, 89, 97, 102 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Reconoce constitucionalmente los derechos humanos de las personas y establece las garantías para lograr su efectiva protección. Incorpora disposiciones en materia de derechos humanos que den cumplimiento a los tratados internacionales de los que México sea parte.
  • Reforma del 08 de octubre de 2013

    Se reforma la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    "Faculta al Congreso para expedir la legislación procedimental penal única"
  • Código Nacional de Procedimientos Civiles

    Creación del Código Nacional de Procedimientos Penales publicado en el Diario Oficial
  • Reforma del 02 de julio de 2015

    Se reforman los párrafos cuarto y sexto del artículo 18 y el inciso c) de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    Faculta al Congreso para expedir la legislación nacional en materia de justicia penal para adolescentes