-
El Congreso Constituyente de 1917 utilizó el término de regeneración respecto a los delincuentes, basados en la teoría correccionalista decían que la finalidad de la PENA era corregir al sentenciado a través de un tratamiento progresista.
-
En San Luis Potosí se crea el primer Tribunal para menores.
-
El 30 de agosto de 1934 se publica en el Diario Oficial de la Federación el Código Federal de Procedimientos Penales.
-
Artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se reforma siendo presidente Gustavo Díaz Ordaz quien instruye cambios utilizando la palabra "Readaptación" para las personas que se encuentran desviadas psicológicamente, convirtiendo al sujeto de Derecho Penal en objeto de un tratamiento médico.
-
En el artículo 5o. se establece que las penas privativas de la libertad tienen como finalidad el reformar y readaptar socialmente a los sentenciados.
-
Se modifica por segunda ocasión el Artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, permitiendo que los sentenciados puedan cumplir su condena en el país donde se pronuncio dicha condena y poder cumplir su pena en el país de origen. Esta reforma se dio bajo el mandato del Presidente Luis Echeverria.
-
En 1983 tras buscar formas diferentes de que los reos cumplan sus condenas se establece el tratamiento de libertad, semi-libertad y trabajo a favor de la comunidad.
-
Las reformas constitucionales en materia penal son para hacer un cambio de un sistema penal inquisitivo a un modelo de justicia penal adversarial. Los artículos reformados en materia penal fueron el 14, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 73 y 115.
-
Para garantizar que cada persona tenga la protección de los Derechos Humanos se establece que dentro del territorio nacional todas las personas gozarán de sus derechos fundamentales sin importar la situación jurídica en la que se encuentren.