“La estructura de los argumentos jurídicos con base en el modelo de argumento de Stephen Toulmin”,

  • Tópicos

    Tópicos
    Aristoteles los define como los lugares del accidente, del género, de lo propio y de la definición.
  • La dialéctica

    La dialéctica
    Es un método para razonar sobre toda clase de problemas, a partir de cosas plausibles. Plausible aquí, se distingue de lo verdadero o primordial
  • Elementos de la dialéctica.

    Elementos de la dialéctica.
    Enunciados y silogismos, versan de algún modo sobre lo mismo. De los enunciados, surgen las proposiciones, los silogismos tratan sobre problemas. Toda proposición y todo problema indican o un género, o una definición, o un propio o un accidente.
    Ahora, toda proposición formada mediante uno de estos cuatro predicables significa o sustancia, o cantidad, o cualidad, o acción, o pasión, o lugar, o posición, o tiempo, o hábito o relación.
  • Proposición, problema y tesis dialéctica.

    Proposición, problema y tesis dialéctica.
    La proposición dialéctica es una pregunta plausible, bien para todos.
    Un problema dialéctico es la consideración de algo plausible pero sobre lo cual o no hay opinión formada, o hay opiniones contrarias, ya sea por la dificultad de saber si es de un modo u otro o porque hay argumentos convincentes para una u otra posición.
    La tesis dialéctica es también un problema, pero no todo problema dialéctico es tesis.
  • Razonamientos dialécticos

    Razonamientos dialécticos
    Los razonamientos dialécticos son de dos clases, inducción y silogismo. El silogismo es una enunciación en la que una vez sentadas ciertas proposiciones, se concluye necesariamente una proposición diferente, de las establecidas, mediante el auxilio de esas mismas proposiciones.
    La inducción no es propiamente un razonamiento, no se trata de un discurso mediato. Aristóteles habla del tránsito de lo particular a lo universal.
  • Instrumentos dialécticos

    Instrumentos dialécticos
    Hay cuatro instrumentos a través de los cuales se desarrollan los razonamientos:
    1. Tomar las proposiciones.
    2. Distinguir de cuántas maneras se dice cada cosa.
    3. Encontrar las diferencias.
    4. La observación de lo semejante.
  • El tópico dialéctico

    El tópico dialéctico
    El tópico dialéctico, es entonces el lugar que oficia de principio, punto de partida, de la argumentación dialéctica. Así como en los Segundos analíticos se investiga de dónde se toman las premisas para la deducción científica, en los Tópicos, se indaga de dónde se toman las premisas para la argumentación dialéctica.
  • En la retórica

    En la retórica
    La retórica versa sobre todas las cosas, y su propósito es buscar los medios aptos para persuadir. Ahora, en tanto todos intentan inventar o resistir razones, esto puede hacerse al descuido o en forma metódica. El hacerlo conforme a un método es tarea de un arte
  • Discursos retóricos

    Discursos retóricos
    El discurso retórico contempla tres aspectos: el orador, aquello sobre lo que se habla, y el auditorio. Los tres aspectos son necesarios para la persuasión.
  • El tópico retórico

    El tópico retórico
    El tópico retórico se construye con un lugar dialéctico más un elemento, no dialéctico, que surge de la psicología o la sociología, como por ejemplo, elementos pasionales. Este es entonces, el lugar de dónde se toman las premisas de los entimemas aptos para la persuasión.
  • En el discurso forense

    En el discurso forense
    El fin del discurso forense es lo justo y lo injusto. Prueba de ello es que muchas veces el orador no niega el hecho, sino su calificación como injusto.
  • Tópicos jurídicos del discurso forense

    Tópicos jurídicos del discurso forense
    El tópico, jurídico en este caso, es el lugar de donde se toman los principios para argumentar en pos de la calificación (justa - injusta) del hecho. La sentencia del juez (auditorio del discurso forense) es una decisión vinculante para las partes que implica una determinación, aquí y ahora de lo justo. Bajo este respecto, el tópico jurídico forma parte de un proceso, de un movimiento de la razón, que tiene por conclusión, algo que debe hacerse, la determinación de una conducta obligatoria.