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Artículo 12. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o reputación. Toda persona tiene derecho a la protección
de la ley contra tales injerencias o ataques. -
Línea del tiempo, la cual deberá de contar con los siguientes elementos de fondo:
o Antecedente más remoto y subsiguientes
o Región del mundo
o Aportación significativa -
Artículo 8. Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de su correspondencia.
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El previo análisis a las TIC's da origen a la Resolución 509, sobre "los derechos humanos y nuevos logros científicos y técnicos"
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Primera ley cuyo objeto sería la protección de datos personales.
Dirigida únicamente a los sistemas de datos personales en poder de organismos públicos.
Previó la figura de un Comisario Parlamentario de Protección de Datos con matices similares a las de un Ombudsman. -
Primera Ley Nacional de Datos.
Modelo a seguir en futuras legislaciones.
Aplicaba tanto a sector público como privado.
Incluía un listado de principios a observarse en el tratamiento de datos. -
Estados Unidos, con una Ley de carácter general titulada, que da acceso a la información personal que está en manos de autoridades públicas.
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Artículo 17
1. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y reputación.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques. -
Entre 1977 y 1979, países como Canadá, Francia, Dinamarca,
Noruega, Austria y Luxemburgo publicaron leyes referentes a la protección de datos personales. -
Exhorta a los países miembros a mantener legislaciones nacionales similares y acordes con los principios para facilitar la ejecución de las disposiciones de protección de datos personales en cualquier jurisdicción.
El enfoque básico de los principios de cooperación internacional se concentra en la permisión y protección del flujo transfronterizo de datos, y del establecimiento únicamente de restricciones legítimas para preservar el ambiente de comercio global entre los países. -
Directrices para la regulación de los ficheros computarizados de datos personales.
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Relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
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Las leyes de protección de datos personales surgen como una
necesidad derivada del incremento del uso de las tecnologías de la información y el aumento de las vulnerabilidades asociadas. En su mayoría, estas leyes se asemejan al modelo europeo: En Argentina
la Ley 25.326 (2000), Chile (1999), Panamá (2002), Brasil (1997), Paraguay (2000), Uruguay (2008). -
Artículo 8.
1. Toda persona tiene derecho a la protección de los datos de carácter personal que la conciernan.
2. Estos datos se tratarán de modo leal, para fines concretos y sobre la base del consentimiento de la persona afectada o en virtud de otro fundamento legítimo previsto por la ley. Toda persona tiene derecho a acceder a los datos recogidos que la conciernan y a obtener su rectificación.
3. El respeto de estas normas estará sujeto al control de una autoridad independiente. -
México toma la iniciativa con la entrada en vigor de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la creación del organismo que se encarga de supervisar la mencionada ley: el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).
En el se establecieron los principios generales que rigen el tratamiento de datos personales. -
El Marco de Privacidad de APEC promueve un acercamiento flexible a la protección de la privacidad de la información en las Economías Miembro de APEC, evitando la creación de barreras innecesarias para los flujos de información.
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Publicado por el IFAI en el Diario Oficial de la Federación, dichos lineamientos establecen políticas generales y procedimientos que deberán observar las dependencias y entidades para garantizar su cumplimiento.
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Ley Federal del 27.07.2006. nº 152-FZ Sobre los Datos Personales.
Las personas que nos comunican sus datos personales, la información necesaria que permite evaluar qué datos son recogidos y con qué fines son procesados por el Operador, así como qué medidas de seguridad son adoptadas.
Garantiza la protección de los derechos y libertades de los usuarios durante el procesamiento de sus datos personales, mediante procesamientos automatizados o no automatizados. -
Se adicionan dos párrafos al artículo 16 de la Constitución Federal para reconocer el derecho fundamental autónomo a la Protección de Datos Personales.
Y en el artículo 6 se establece que, la información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los
términos y con las excepciones que fijen las leyes… -
Luego de intensos debates sobre la iniciativa en cuanto a protección de datos se expidió la Ley de Habeas Data (Ley 1266 de 2008), que regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países.
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Art. 16. …
“Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.” -
“Estándares Internacionales para la protección de la privacidad y de los datos de carácter personal" , que permita el desarrollo de un instrumento legal, universal y vinculante, y que deberá contar con el más amplio consenso institucional y social, mediante la participación de autoridades e instituciones garantes de la protección de datos y la privacidad y representantes entidades y organizaciones tanto públicas como privadas.
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Modifica la Directiva 2002/22/CE relativa al servicio universal y a los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas, la Directiva 2002/58/CE relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas y el Reglamento (CE) No 2006/2004 sobre la cooperación en materia de protección de los consumidores.
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Decreto por el que se expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y se reforman los artículos 3, fracciones II y VII, y 33, así como la denominación del Capítulo II, del Título Segundo, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas.
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Al considerar la creciente impor tancia de la privacidad y la protección de datos personales, así como la necesidad de fomentar y proteger el flujo transfronterizo de informa ción en américa, aprobó declaraciones y resoluciones que se compilaron en el documento OEa5232/11, entre las que se halla la Resolución 2661 (XLi-O/11) sobre el acceso a la información pública y protección de datos personales.
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El derecho a la privacidad en la era digital.
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En ella se establece que la federación contara con un organismo autónomo que será el encargado de cuidar de los datos personales.
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El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) se transformó en el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), tras la publicación de la Ley General de Transparencia.
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Aprobación del Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de Datos personales y su libre circulación.
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Estándares de protección de datos personales para los estados iberoamericanos.
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Para adaptar su legislación con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) con alcance en la Unión Europea (UE).
Dicho ordenamiento regula, entre otros, los siguientes derechos:
seguridad digital, protección de los menores en Internet, educación digital, actualización de informaciones en medios de comunicación digitales, olvido en búsquedas de Internet, servicios de redes sociales y equivalentes. -
Conmemoración del Convenio 108 del Consejo Europeo para la protección de los datos personales, para la Protección de las Personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal, como cada 28 de enero se celebra el Día Internacional para la Protección de Datos Personales, con la finalidad de difundir los derechos que tiene todo individuo de proteger su información de carácter personal y de generar conciencia de que el inadecuado uso de la misma conlleva responsabilidades.