Ecuador

Historia del Derecho Ecuatoriano

  • INTRODUCCIÓN

    INTRODUCCIÓN
    El Derecho Constitucional en Ecuador evoluciona a partir de 1830, año en el cual se expide la Primera Constitución del Ecuador como República.
    Durante el transcurso del tiempo se han contado con 21 Constituciones, entre las cuales se encuentran varias reformas y codificaciones a partir de 1984.
    La última Constitución es la expedida en el 2008, aprobada mediante Consulta Popular.
  • LA CONSTITUCIÓN DE GUAYAQUIL.

    LA CONSTITUCIÓN DE GUAYAQUIL.
    José Joaquín de Olmedo se convierte en la figura de la Revolución, siendo escogido como Jefe Civil.
    Provincia de Guayaquil: Olmedo propone un Estado libre e Independiente manteniendo la religión católica y escogiendo la forma de Gobierno autónomo. También preconizaba el libre comercio, de gran trascendencia para una ciudad portuaria.
    Por otra parte, proclama la independencia y la soberanía de la Provincia.
  • Su Historia.

    Su Historia.
    Ecuador nace al separarse de la Gran Colombia.
    Debido a la creación del nuevo estado se reúne la primera Asamblea Nacional Constituyente, presidida por José Joaquín De Olmedo, en donde se nombra a Vicente Rocafuerte Bejarano, Presidente y a Juan Bernardo León, Vicepresidente; la cual proclama un 23 de septiembre de 1830 la primera Constitución del Ecuador, en cuyo texto consta que los departamentos del Azuay, Guayas y Quito quedan reunidos en un solo cuerpo independiente con el nombre de Ecuador
  • LA CONSTITUCIÓN DE 1830

    LA CONSTITUCIÓN DE 1830
    Se reunieron en la ciudad de Riobamba, los asambleístas que redactarían la primera Constitución del Ecuador. Monseñor Juan Larrea Holguin señala que “apenas instalada la Convención, se comisionó a los Doctores José Joaquín de Olmedo y José Fernández Salvador y a los señores Vicente Ramón Roca, Manuel Matheu y Manuel Ignacio Valdivieso, para que formularan el proyecto de Constitución.”
    La primera Constitución son de gran trascendencia para nuestro país. Señalaremos los más importantes:
  • El sentido de unidad.

    El sentido de unidad.
    La constitución de 1830 constituye al Ecuador como un Estado unitario. El artículo 1 señala que los departamentos del Azuay, Guayas y Quito quedan reunidos entre sí formando un sólo cuerpo independiente con el nombre de Estado del Ecuador.
    La tentación del Federalismo, como señala Monseñor Juan Larrea Holguin, era muy fuerte y se basaba en los numerosos ejemplos de diversos países americanos. El Doctor Juan Larrea Holguín, con relación a la idea del Gobierno unitario a sido un triunfo
  • El sistema republicano de Gobierno

    El sistema republicano de Gobierno
    El Ecuador es una República. Después que este principio fue emitido por esta Constitución, en ninguna Constitución posterior se ha ocurrido cambiarlo. Es verdad que algunos se creyeron reyezuelos, pero eso nada importa.
  • El carácter presidencialista de Gobierno

    El carácter presidencialista de Gobierno
    En nuestro país el sistema de Gobierno es presidencialista, y ninguno de nuestros presidentes ha pensado cambiarlo para nombrarse Emperador o Rey. El Presidente de la República dura cuatro años en el cargo y no puede ser reelegido sino después de dos períodos.
  • La separación de funciones o poderes del Estado.

    La separación de funciones o poderes del Estado.
    Uno de los fundamentos del sistema democrático, es la separación de las funciones del Estado, para impedir acumulación de poder, característica, en cambio, del régimen absolutista. La aspiración a la separación de las Funciones del Estado, nace y se fortalece con los filósofos Enciclopedistas, y se estatuye por primera ocasión en las Constituciones Estaduales de los Estados Unidos, y luego, en la Constitución Federal de ese país.
  • Función Judicial.

    Está conformada por la Alta Corte de Justicia, las Cortes de Apelación, los Tribunales y Juzgados de la República.
    Monseñor Juan Larrea Holguín, en su libro “Historia del Derecho Ecuatoriano” señala que “en la Constitución de 1830, en su artículo quinto, dispone que los artículos de esta Carta Constitucional, que resultaren en oposición con el Pacto de Unión y Fraternidad, que han de celebrarse con los demás Estados de Colombia, quedan derogados para siempre.
  • El Gobierno alternativo, democrático y responsable, esto quiere decir

    Alternativo, que no se prevé la reelección sino después de un período, existiendo la posibilidad de reemplazarlo; por lo tanto el cargo no es hereditario. Democrático, que es donde se impone la opinión de las mayorías y el poder radica en el pueblo. Demos (pueblo) Cratos (poder). Lincoln la definía como el Gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo. Responsable, significa que todo funcionario público responde por su gestión.
  • LAS CONSTITUCIONES LIBERALES.

    LAS CONSTITUCIONES LIBERALES.
    En estas Constituciones se consagraron los principios de la ideología liberal, es decir libertad de conciencia, libertad de expresión, principio de legalismo, separación entre la Iglesia y el Estado etc.
    Por otra parte, es importante mencionar que se dictaron la Ley del Registro Civil y la Ley del Matrimonio Civil.
    Se estableció además el divorcio en el Ecuador y se implementó el Laicismo de la enseñanza oficial.
  • LA CONSTITUCIÓN DE 1945

    LA CONSTITUCIÓN DE 1945
    La Asamblea del 45 estuvo conformada por distinguidos ecuatorianos como por ejemplo: Francisco Arízaga Luque, Juan I. Lovato, Enrique Gil Gilbert, Antonio Parra Velasco, Carlos Cueva Tamariz, Eloy Velázquez, entre otros. Es esta Asamblea la que va a expedir una nueva Constitución política que no sólo creará organismos trascendentales para el Ecuador, sino que es reconocida como la Constitución mejor redactada de todas las que ha tenido el País, de elevado estilo, moderna y a tono con su época.