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La protección de datos personales es reconocida como derechos humanos.
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Ha traído como consecuencia el empleo intensivo de información, así mismo, particularmente en México, la legislación en materia de Protección de Datos Personales ha evolucionado rápidamente.
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Tiene como principal fin proveer lo necesario para
garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de los Poderes de la Unión, los
órganos constitucionales autónomos o con autonomía legal, y cualquier otra entidad federal, entre otros. -
Publicadas por el IFAI. Considera como obligaciones para los entes públicos federales: Obtener el consentimiento, informar los propósitos para tratar los datos personales y adoptar las medidas técnicas necesarias para garantizas la seguridad de los datos personales.
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Uno de sus principales fines era el de Promover y garantizar la transparencia, la rendición de cuentas, el acceso a la información
y la protección de los datos personales en todos los ámbitos de gobierno. -
Se adiciona un párrafo con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma.
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Este establece que nadie deberá ser molestado en su persona, su familia, propiedades, ni en este caso sus papeles.
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Artículos 16 y 73 constitucional, con las que se otorgó el reconocimiento pleno a la protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo.
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Establece que toda la información que se le haga entrega a particulares como empresas deberá de ser utilizada con determinado cuidado.
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Da por finalizado el plan de desarrollo del 2007 que tenia como fin Promover y garantizar la transparencia, la rendición de cuentas, el acceso a la información
y la protección de los datos personales en todos los ámbitos de gobierno.