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El 22 de octubre de 1916 se celebraron las elecciones para diputados al Congreso Constituyente, el cual se dedicó a elaborar la actual Constitución en el estado de Querétaro, la Constitución de 1917, cuyo nombre oficial es Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que reforma la del 5 de febrero de 1857.
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Recupera las ideas de la Constitución de 1824, y la puso de nuevo en vigor pero con reformas con las que se introduce el juicio de amparo como medio de defensa de los particulares frente a violaciones por la autoridad a los derechos humanos consignados en la Constitución y establece el voto universal de todos con los únicos requisitos de tener la mayoría de edad, que en ese entonces era de 20 años, y una buena conducta.
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Inspiradas por Antonio López de Santa Anna para fortalecer la Presidencia de la República, aumentar el control central del gobierno y continuar con la restricción del derecho de voto a la fortuna.
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Establece una forma de Estado federal le concede autonomía a las provincias, ahora llamadas estados. Bajo ciertas normas, éstos pueden organizarse con su propia Constitución y leyes en asuntos que no sean de interés general y establece una forma de gobierno republicana, representativa y popular. Además, se instituye un sistema de dos cámaras, la de Diputados, que representa a todo el pueblo, y la de Senadores, que representa a los estados de la República.
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Morelos convocó a un Congreso Constituyente en Chilpancingo que elaboró otra Constitución, proclamada en Apatzingán, Michoacán, en 1814. Fue denominada Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana. Era la época de independencia y solo fue obedecida dentro de los territorios de los insurgentes desapareció tras la derrota y muerte de Morelos y siguió vigente la Constitución de Cádiz.
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Ésta estableció una monarquía limitada puesto que el rey ya no podía hacer todo sin el consentimiento de las Cortes o Asamblea legislativa, e instituyó la igualdad política entre los peninsulares y americanos y las diputaciones provinciales electas en cada provincia. Fue elaborada por representantes de las provincias españolas y como invitados representantes de las provincias de América
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Fue una Constitución “dispersa”: limitó el derecho de voto y el ejercicio de cargos públicos a personas con recursos económicos, desligó a los poderes públicos de la elección centralizando las decisiones y creó un súper poder, el Supremo Poder Conservador, que se convirtió en una figura dictatorial en constante pugna con los demás poderes.
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En ella se restablece el federalismo, la república representativa, el derecho de voto para todas las personas que tuvieran 18 años siendo casadas, o 21 si no lo eran, y habla sobre los derechos humanos y su protección a través del juicio de amparo. La libertad de imprenta y de enseñanza es total y no incluye el respeto al dogma católico como limitante. Constitución de 1857 fue la primera que incluyó un capítulo especial de garantías individuales o derechos del hombre.