-
Hay que publicar un aviso por cinco días consecutivos en:
* El boletín especial
* En diarios locales.
El aviso debe contener:
*Clase y ubicación del negocio.
*Nombre y domicilio del vendedor y comprador.
*Nombre y domicilio del rematador y escribano -
Ante de la firma del contrato.
El vendedor debe entrega al comprar una nota firmada con:
*Detalle de deudas.
*Nombre y domicilio de acreedores.
*Montos adeudados y fecha de vencimientos. -
Día 6 al 15
10 días desde la ultima publicación.
Los acreedores pueden oponerse y solicitar:
*Retención del crédito.
*Depósito judicial del importe retenido. -
Día 16 al 35
El acreedor que se opuso tiene 20 días para pedir embargo judicial.
Si no lo hace, el comprador puede retirar los fondos depositados -
Después del día 15.
Solo puede firmarse si:
* Pasaron 10 días desde la ultima publicación.
*No hubo oposición, o si hubo, se cumplió con las retenciones y depósitos -
Dentro de los 10 días de firmado el contrato
El contrato debe inscribirse para ser valido frente a terceros.