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El Código Sustantivo del Trabajo (CST) es la norma que regula las relaciones laborales en Colombia, estableciendo derechos y obligaciones de trabajadores y empleadores.
Fue expedido en 1950 mediante el Decreto 2663 y entró en vigencia en 1951. -
En caso de duda, se aplica la más favorable al trabajador.
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Define el trabajo como toda actividad humana libre, material o intelectual, realizada bajo contrato laboral.
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Reconoce el derecho al trabajo como fundamental.
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Las normas laborales son irrenunciables.
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Precisa sus partes y condiciones.
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Establece que son esenciales la actividad personal, la subordinación y el salario.
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Si se cumplen los elementos del contrato, se presume su existencia aunque se denomine de otro modo.
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El Artículo 13 (del Código Sustantivo del Trabajo, Decreto 2663 de 1950, promulgado en 1951) establece lo siguiente: Las disposiciones de este Código contienen el mínimo de derechos y garantías consagradas en favor de los trabajadores. No produce efecto alguno cualquiera estipulación que afecte o desconozca este mínimo.
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Artículo 209 – Función administrativa: Debe servir al interés general con principios como igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.
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La contratación estatal debe estar orientada al interés general, transparencia y economía
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La Ley 80 de 1993, también conocida como el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, es una ley colombiana que establece los principios y normas que rigen la contratación estatal
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Define el contrato de prestación de servicios para personas naturales.
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Artículo 17 – Debido proceso en sanciones contractuales: Garantiza defensa y debido proceso antes de imponer sanciones.
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Establece medidas para fomentar la participación de micro, pequeñas y medianas empresas.
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Fortalece mecanismos de prevención, detección y sanción de actos de corrupción.
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El Decreto Ley 4170 de 2011 crea la Agencia Nacional de Contratación Pública, también conocida como Colombia Compra Eficiente. Esta agencia es una unidad administrativa especial adscrita al Departamento Nacional de Planeación y actúa como ente rector de la contratación pública en Colombia.
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Crea y organiza dependencias en el sector administrativo de Tecnologías de la Información.