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Fue ésta la que tuvo el mérito de ser el primer ordenamiento que estructuró al México que acababa de consumar su independencia.
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La historia del control constitucional en México surgió a partir de la Constitución de 1836, ya que ninguna otra había dispuesto algún medio de defensa, de los derechos de las personas y la supremacía del orden constitucional, resultaba poco eficiente
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Se tenía como finalidad preservar y conservar el orden constitucional el cual se hace manifiesto en el artículo 12 de la segunda ley en las fracciones I, II y III, donde se les facultaba declarar la nulidad de todo acto procedente de los poderes, Legislativo, Ejecutivo y judicial.
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En 1840 mediante un movimiento revolucionario, Yucatán se separó del Estado mexicano por pago de derechos aduaneros que desde la guerra con Texas se había impuesto a todo el país, por la imposición de contingentes de sangre sobre el pueblo yucateco, por haberse instaurado una forma de Estado centralista en 1836.
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Basada por la creación de un instrumento de protección de derechos humanos denominado juicio de amparo.
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Voto particular en eljuicio de amparo, actas de reforma de 1847.
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En este año se da un revés a grupo promotor del centralismo, regresando a un Estado federalista, restaurando la constitución de 1824, Siendo aquí donde realmente el juicio de amparo tiene su nacimiento formal en el derecho positivo, precisamente con el Acta de Reformas de 1847, consolidándose en nuestro orden constitucional.
El juicio de amparo es a petición de parte agraviada y su sentencia será individual. -
Esta Constitución adopta principalmente dos posturas: la individualista, y el liberalismo como régimen de relaciones entre el Estado y los gobernados. El sistema individualista opta por la realización de un objetivo, que consiste necesariamente en la protección y conservación de la personalidad individual. Por el contrario el liberalismo implica la actitud que el Estado adopta o asume su responsabilidad de sus órganos frente a la actividad particular.
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La actual constitución vigente de 1917 estableció en su titulo primero, capitulo primero de las garantías individuales, en los artículos que van del 1 al 29, en los cuales del 3 al 27 se encuentran plasmados derechos de interés social.
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En 1936 se realizó una reforma importante a la Ley de Amparo, la cual estableció que cualquier persona que se considerará afectada por una Ley o Acto de Autoridad podría recurrir al Amparo si se había sufrido un daño directo. Además, se estableció en que el Juicio de Amparo se aplicaría a todo el territorios mexicano.
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Es un texto coordinado con las enmiendas del Protocolo Nº 11 de 1994, en su Art. 13, establece: “Toda persona cuyos derechos y libertades reconocidos en el presente Convenio hayan sido violados tiene derecho a la concesión de un recurso efectivo ante una instancia nacional, incluso cuando la violación haya sido cometida por personas que actúen en el ejercicio de sus funciones oficiales”
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Se institucionaliza un control de Constitucionalidad concentrado. SCJN-Función de TribunalConstitucional
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Inclusión del control difuso en materia electoral, art. 99 parrafo sexto
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Resolución del pleno de la SCJN sobre el expediente 912/2010 (Radilla Pacheco VS México –CIDH/2009) Primeros criterios jurisdiccionales que formalizan el control difuso y el control de convencionalidad
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Reglamentaria de los art. 103 y 107 de la constitución política de los estados unidos mexicanos. Es un juicio o proceso que se inicia por la petición de cualquier persona sometida por el poder del gobierno, y orientado a que el órgano judicial federal invalide y prive de eficiencia a cualquieracto de autoridad que por ser anticonstitucional oilegal, le cause agravio en su persona o sus derechos.
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Características del juicio de amparo en la actualidad: A) Contra actos de autoridad
B) Principios rectores
a. Instancia de parte
b. Agravio personal y directo
c. Principio de definitividad
d. Principio de estricto derecho
e. Principio de relatividad
C) Suspensión del acto reclamado.
D) Las sentencias de amparo.