-
Los impuestos eran los principales medios para asegurar la existencia del ejercito que garantizara la permanencia del gobierno ante el enemigo. Los impuestos puertarios - importaciones - correspondían al 52% del total de los ingresos al pais.
-
El origen del ISR se remonta a un inofensivo impuesto transitorio, que gravaba las actividades económicas de los contribuyentes con una tasa que variaba entre el1 y 4 por ciento.
Este impuesto fue introducido en la Ley del Centenario, promulgada por Álvaro Obregón en 1921, únicamente tuvo vigencia de cinco meses, en los cuales recaudó una suma de un millón 78 mil pesos. -
Establecidos en la Ley de Ingresos Vigente sobre Sueldos, Salarios, Honorarios y Utilidades de las Sociedades
Fue con esta ley donde se introdujo la distinción entre personas físicas y morales
Alvaro Obregon Presidente
Esta ley no grava los impuestos brutos para determinar base gravable se permitía efectuar deducciones de los ingresos. -
Fue la primera vez que se llamó
LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA, vigente por 16 años con modificaciones a lo largo del crecimiento económico de México Esta ley gravara dentro y fuera de la Republica mexicana -
Se publica el reglamento ISR
-
Aparecieron leyes complementarias a la Ley del Impuesto sobre la Renta, con el fin de cubrir las necesidades del Estado. Decía: Abrirá un nuevo cause de justicia en beneficio del Erario, las ganancias excesivas que obtengan los contribuyentes
-
Se publica la Ley del Impuesto Sobre la Renta y su reglamento el 29 de diciembre de 194.
Gravaba las utilidades, ganancias, rentas, productos, provechos, participaciones y en general todas las percepciones en efectivo -
A fin de lograr mayor progresividad y equidad al sistema fiscal.
- Entre las principales reformas adoptadas en este periodo se encuentran:
- Sustitución del impuesto del timbre por el de ingresos mercantiles.
- Modificaciones al impuesto sobre la renta
- Creación del impuesto sobre utilidades excedentes y de la sobretasa adicional del 15% sobre exportaciones. -
A fin de lograr mayor progresividad y equidad al sistema fiscal.
+ Entre las principales reformas adoptadas en este periodo se encuentran:
+ Sustitución del impuesto del timbre por el de ingresos mercantiles.
+ Modificaciones al impuesto sobre la renta
+Creación del impuesto sobre utilidades excedentes y de la sobretasa adicional del 15% sobre exportaciones. -
Este periodo se caracterizó por que los ingresos tributarios en su gran mayoría (78%) correspondían a impuestos indirectos, mientras que tan solo los impuestos directos representaron el 22%.
-
Sus principales modificaciones por decreto fueron el 28 dic 1961 Gravaba los ingresos del capital, trabajo o de la combinación
Modifica ingreso por rendimientos, utilidad, ganancia, renta interés, producto, procecho, participación, sueldo, honorarios y en gral. cualquier participación en efectivo -
Se crea el registro nacional de contribuyentes.
Se elimina el sistema de impuestos por cédula.
Tasas impositivas diferentes según la fuente. -
Se agrega una fracción mencionando a las sociedades extranjeras que se establecieran en México
sea cual fuera el país de procedencia los ingresos gravables:
las sociedades que tuvieran en la Republica una agencia, sucursal.
La tarifa era progresiva y en enero se subió la cuota del 45% al 50% para sueldos mensuales de $ 70,000.00 o más. -
Tuvo como principal adicion la tasa complementaria sobre ingresos acumulables, la que en materia de impuestos personal trataba de corregir la desproporcionalidad e inequidad del sistema.
-
El impuesto sobre la renta se consolidó como un impuesto personal y general; se diseñó un concepto uniforme de renta. Se comprendieron como rentas los incrementos patrimoniales
-
Centralización fiscal
Pretendían perfeccionar la integración de la base del ISR empresarial así como la elevación de la tasa del ISR personal, gravando con 50% los ingresos anuales superiores a $150 mil pesos. -
Inauguración de las instalaciones de la nueva Casa de moneda, en Legaría, CDMX que sustituyó a la fundada en 1536, durante la época de la Colonia.
-
En el Diario Oficial de la Federación, corrige diversas desviaciones qué se han observado en sus deducciones y establece los procedimientos adecuados.
-
Se incorpora en LISR un gravamen adicional para las empresas denominado Tasa Complementaria Sobre Utilidades Brutas Extraordinarias, que estuvo en vigor solo 1977 - 1978 Las disposiciones dentro de la ley del ISR que establecían este gravamen adicional para las empresas fue considerado inconstitucional y derogado a partir de 1979
-
Se expidió el nuevo Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicado en el "Diario Oficial" de la Federación.
Se reforman los artículos 11, 24, 56, 59, 62, 63, 80, 83, 86, 88, 101 y 126, del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta -
Modificación al artículo 33 ante omisión de declaraciones, falta de presentación de libros de contabilidad o de la documentación comprobatoria
-
Consistió en que se obligaba a acumular a los ingresos de actividades civiles los provenientes de actividades empresariales que consistieran en enajenación de bienes, e ingresos
-
Se adiciona un nuevo régimen para las sociedades mercantiles por sus actividades empresariales o de otro tipo. Revisión del esquema para personas fisicas de los efectos de la inflacion.
Revisió de los impuestos sobre ganancias de capital. -
La Ley del Impuesto Sobre la Renta, sufre una reforma de mucha trascendencia al incorporar para la determinación de la utilidad gravable los efectos de la inflación.
• La deducción de compras en lugar del costo de ventas
• La deducción de la depreciación actualizada en vez de la depreciación histórica
• El cálculo del componente inflacionarios.
Esta reforma tuvo periodo de 2 años
Ajuste de 60% a las tarifas de impuesto con objeto de reconocer el efecto inflacionario de 1985 -
Publicado en Diario Oficial de la Federación, como complemento de la LISR
El impuesto era acreditable contra el ISR del mismo contribuyente.
Su base se determina sumando el promedio de los activos y se permitía restar el promedio de ciertos pasivos. -
Características del impuesto sobre la renta a las personas físicas:
a) Impuesto directo
b) De naturaleza personal
c) Grava la renta, ya que abarca la totalidad de los ingresos netos, mas los incrementos del patrimonio.
d) General, porque abarca todas las rentas
e) El gravamen se hizo recaer en rentas ficticias – Cuando el disfrute de inmuebles, se consideraba renta de disfrute -
Crisis financiera y económica fue causada principalmente por la sobrevaloración del peso mexicano y el abrupto retiro de divisas realizado por inversores internacionales debido al pánico en los mercados.
-
Incorporación disposiciones de reglas, misceláneas, jurisprudencias y reglamentarias.
En personas físicas, se juntan en uno solo, los capítulos de honorarios y actividades empresariales. -
Se elimina la deducción de compras para las personas morales y se sustituye por la deducción de costos de venta
-
Derogada
-
Ajuste fiscal a las tasas marginales de los últimos 5 años personas físicas para un 30%
2013 a 29% -
• Aumento a tarifas personas físicas
• Régimen de incorporación fiscal
• Deducción 100% maquinaria y equipo generación de energía fuentes renovables
• Introducción al impuesto sobre distribución de dividendos
• Deducción a las aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones -
Ley de ISR en el artículo 99 fracción III “Expedir y entregar comprobantes fiscales que reciban pagos por conceptos de este Capítulo, en la fecha en que se realice la erogación correspondiente, los cuales podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral a que se refieren los artículos 132 fracciones VII y VIII, y 804, primer párrafo, fracciones II y IV, de la Ley Federal de Trabajo” y los artículos 29 y 29 A del CFF
-
Personas Físicas
• Enajenación de casa habitación
por los ingresos obtenidos por la enajenación de casa habitación, se reduce de 5 a 3 años el periodo entre una venta exenta y la siguiente para poder gozar de dicha exención
• Actividades empresariales - copropiedad
del RIF, podrán nombrar a uno de los copropietarios como representante
• RIF
Los contribuyentes que tributen bajo el RIF podrán percibir ingresos siempre que el total de los ingresos no excedan de $2,000,000.00. -
• Equipos de alimentación para vehículos eléctricos.
• Opción de Acumulación de Ingresos por Personas Morales.
• Planes Personales de Retiro.
• Obligación de las dependencias públicas de expedir comprobantes fiscales digitales.
• Estímulo fiscal a la investigación y desarrollo de tecnología.
• Estímulo fiscal al deporte de alto rendimiento.
• Deducción de infraestructura de hidrocarburos.
• Comprobantes de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero. -
La tasa de ISR baja del 30 al 20% como estímulo a estados y municipios ubicados en la frontera EUA.
Se actualiza aumentando taza retención a los intereses pagados, del .46 al 1.04%. -
Definición establecimiento permanente
Entidades extranjeras
Crédito de ISR pagado en extranjero
Disminución PTU
Ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes
Deducción de intereses
Régimen aplicable a personas morales de derecho agrario constituidas por personas físicas
Tasa efectiva aplicable a pago en una sola exhibición de pensión,
Eliminación de constancias de retención
Retención plataformas tecnológicas
Arrendamiento equipo industrial, comercial o científico, así como aviones -
Art 79, 80, 82 Personas Morales Sociedades autorizadas para recibir donativos deducibles
Art. 94 7ºparrafo Ingresos m>$75 millones personas físicas dejaran tributar asimilados
Art. 113 A Nueva tabla fija por ingresos
Art . 113 D sanción residente extranjeros por no efectuar retención ISR -
CFDI 4.0 nueva versión
RESICO Régimen Simplificado de Confianza
personas físicas también para personas actividades empresariales y pequeñas empresas - consiste en reducir el pago a un rango entre 1 y 2.5% cuyos ingresos anuales debajo $3.5 millones
RIF capitulo 2 vigente en transitorios personas físicas podrán migrar a RESICO siempre y cuando tributado antes del 31 agosto 2021
Deducción cuentas incobrables > 30 mi UDIS
RFC Obligado al registro > 18 años