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Del siglo XII al XVI (años 1100 al 1500), los castigos son orientados a producir dolor, a través de la tortura, para generar la confesión y en su defecto aplicar destierro
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Primer antecedente normativo de cómo eran las cárceles para los delincuentes.
Se integran de 9 libros.
El delincuente se mantenía preso hasta obtener su sentencia final, en la mayoría de los casos era la muerte. -
El arzobispo de Toledo, Alfonso Manrique, expide el título de inquisidor a Juan de Zumárraga(1er arzobispo en México). procesa a un indio, señor principal de Texcoco, nieto de Netzahualcóyotl, lo acusó de seguir sacrificando víctimas a sus dioses, lo mandó a quemar vivo en la plaza pública, el 30/11/1539, fue la primera víctima del Santo Oficio en la Nueva España.
Zumárraga recibió castigo, porque en las disposiciones reales no se podían ejercer pena con los cristianos nuevos de la raza india. -
En su artículo 18 no se admitía la tortura, pero fue letra muerta.desde el primer presidente de México con G.Victoria (1824 hasta V.Gómez Farías (1834)
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Se promulga el primer código penal vigente en la República, prácticamente una similitud al Cód. Penal español de 1822. Se sistematiza el catálogo de penas con ciertas medidas de seguridad para los internos.
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Abolición de la pena de muerte
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Benito Juárez solicita a Antonio Martínez Castro formara parte de la comisión para redactar el Código Penal para el DF, y en su exposición de motivos resalta la diferencia entre la peligrosidad acreditada por el delincuente.
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Una de las primeras cárceles documentadas en Oaxaca, en 1862 por Porfirio Díaz, entrar a esos espacios era mortal, por las pésimas condiciones en que se encontraba, ya que no había medicamentos para atender enfermedades
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El Jurista Miguel S Macedo propone al presidente Manuel González un proyecto penitenciario. La idea es corregir al delincuente corregible y castigar sin infamia ni horror al incorregible.
México dejó de centrarse en la pena de muerte para pasar a la etapa de restricción de libertad. -
En el periodo presidencial de Porfirio Díaz (1877-1911) construye el Palacio de Lecumberri (1885)
Fue la 1ra penitenciaría con influencia humanista, elimina los castigos tormentosos. -
Porfirio Díaz en 1905 ordena a que los criminales se alberguen en las Islas Marías, situadas en Nayarit, y se convierten en el primer Centro Penitenciario Federal
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En la época de Porfirio Díaz, José Almaraz en 1908 , afirmaba que el fin de la pena privativa era: Modelar, Reformar y Readaptar al delincuente. A partir de entonces, el gran concepto que surge en nuestro país en materia penitenciaria es la Readaptación Social. Prisiones de Puebla y Yucatán tienen estructuras arquitectónicos carcelarios para mantener vigilados a los presos durante todo el día.
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En su artículo 18 párr. segundo establece las bases para un tratamiento penitenciario, basado en capacitación, educación, salud, deporte y respeto a los DDHH como medio y elementos para la reinserción social del delincuente, con el objetivo no volver delinquir.
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P. Elías Calles delineó antes de terminar su mandato, entra en vigor un nuevo reglamento y el Código Penal. Consistía en la atención de reos por delitos del fuero federal y común, en el DF, tramitación de indultos, amnistías, conmutación y reducción de penas, traslado de reos, registro de presos, cumplimiento de sentencias, entre otros.
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En el mandato de Emilio Portes Gil, reforma el Código Penal para el DF y territorios federales:
- Se individualizó las sanciones por cada delincuente.
- Sistema de sanciones basado en trabajo.
La legislación Penal, contribuyó al derecho penitenciario mexicano, ya que se crea el Consejo Supremo de Defensa y Prevensión Social dependiente de la SEGOB, se registraban a los reos federales, traslado de procesados y reos federales, libertades preventivas, la conmutación de penas y pago de alimentos. -
Comienzan los periodos sexenales
* En 1936 se realiza la Convención Nacional para la Unificación de la Legislación Penal e Intensificación de la Lucha contra la Delincuencia.
* Se utilizan las Islas Marías como readaptación social.
* Se designan al personal directivo de reclusorios. -
En este periodo resaltan 2 aportaciónes:
- Creación del Patronato de Reos Liberados y la iniciativa de reforma al art 18 CPEUM, ya que en la prisiones inhibía la regeneración y readaptación social de reos. -
Reforma Constitucional en donde el Departamento de Prevención Social diversifica sus funciones abarcando principalmente la ejecución de sanciones de reos sentenciados y el gobierno de la Colonia Penal Federal Islas Marías.
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Se crea la Ley de Normas Mínimas de Readaptación Social (1970) por consecuencia de una incorporación del derecho internacional, ya que México tenía el fracaso de las instituciones carcelarias.
En la ley se abarcaba:
- Del personal penitenciario.
- Del sistema
- Asistencia a liberados.
- Libertada anticipada.
En 13 artículos resume la fórmula de la readaptación, trato y tratamiento hasta para delincuentes enfermos. -
En el presidencialismo antecesor (J.López Portillo) no hubo relevancias, sin embargo, en este presidencialismo se avanzó en materia de prevención de conductas antisociales y delictivas y en la reincorporación a la sociedad de los reos.
Se expide el Programa de Máxima Seguridad. -
Construye los CEFERESOS y construye el Penal de Máxima seguridad No. 1 "Almoloya de Juárez, en el Edo Mex.
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Se instituyó el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, como órgano ejecutor de los acuerdos y resoluciones del Consejo Nacional de Seguridad Pública.
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Crea el Órg. Admvo Desc. de Prev. y Readapt Soc., dependiente de la SEGOB, surge el Dictamen Médico/Psicológico Especializados para casos de posible Tortura y/o Maltrato, su objetivo es proporcionar herramientas para prevenir, atender y sancionar la tortura a los MP, policías judiciales, custodios, guardias de seguridad, peritos, personal admvo de las fiscalías y procuradurías generales de justicia.
- México firma la Convención de las Nac. Unidas contra la Torutura y su Protocolo Facultativo. -
- La CNDH funge como líder del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura en México.
- Publicación de la Ley Gral que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seg. Pública.
- 2008 Reforma constitucional en justicia penal:
- 2016 el concepto de reinserción social, que es utilizado en el 2020 basado en garantías y estándares de constitucionalidad.
- Reforma CPEUM en materia de DDHH, principio pro personal, art 17,18,19,20 y 21 relacionados al sistema penitenciario
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- 2013 Ley Gral de Víctimas, da respuesta a la visibilidad, dignific y reconoc de los DD de las víctimas del delito y de violaciones de DDHH consag en CPEUM y T.I.
- Se crea la Com. Ejec. de Atenc. a Víctimas.
- En el CNPP derecho a una defensa y asesoría adecuada e inmediata, como Derecho fundamental e irrenunciable a todo imputado.
- 2016 L.Nal. de Ejecución Penal, respuesta sobrepoblación, condiciones insalubres, autogobierno en ctros penitenciarios.
- 2017 LG PI y ST y otros TPCID.
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-AMLO desincorpora el complejo Islas Marías.
- Separa los Ctros Fed de Readaptación Social.
- Aplicación Ley de Amnistía.
-PND su objetivo recurperar el control de los penales de las mafias.
- 2020 Ley de amnistía, su objetivo es la despresurización de las cárceles, favorecinedo el no hacinamiento de los ctros. penitenciarios.
- Desaparecieron 12 CEFERESOS y un complejo, con liberación de presos.
-2021 conferencia mañanera, énfasis al rechazo de la tortura, y libertad a delitos no graves