Derecho penitenciario

evolucion del derecho penitenciario

  • constitucion

    constitucion
    1. El Constituyente de 1917 utilizó el concepto de Regeneración.
  • congreso constituyente de 1917

    En el Congreso Constituyente de 1917, el diputado José María Truchuelo sostuvo que las autoridades penitenciarias habrían de recabar informes para saber “si las condiciones en que se encuentran [los presos] por los informes que día a día se recaben, indican que aquel individuo ha adquirido hábitos de moralidad
  • reforma constitucional de 1964-65

    reforma constitucional de 1964-65
    1. En la reforma constitucional de 1964-65 se institucionalizó la Readaptación social.
  • personas picologicamente desviadas

    En esta epoca se le consideraba a las personas internas como personas psicologicamente desviada. se habla de que la persona tiene que ser objeto de tratamiento y se le ve como una persona de objeto de tratamiento no como una personda de derechos.
  • Estudios de personalidad

    En otro aspecto, a raíz de su visita in loco a México en 1998, la Comisión consideró que los estudios de personalidad aplicados en el sistema penitenciario de nuestro país contravienen disposiciones de la Convención cuando se aplican a personas procesadas; sin embargo, no llegó a establecer lo mismo respecto de las personas sentenciadas; indirectamente, esto legitimó semejante práctica.
  • tesis de la suprema corte

    diferencias del derecho penal de acto y diferencias del derecho penal de autor, anteriormente se utilizaba el derecho penal de autor, el cual tebnia como finalidad que la persona de normalizara o modificara su personalidad de manera coactiva,
  • reforma 2008

    reforma 2008
    1. Con la reforma constitucional al sistema de justicia penal de 2008 se sustituyó el concepto de readaptación por los de Reinserción social y reintegración social
  • PPL

    Sin embargo, pese a utilizarse el concepto de “reinserción a la sociedad”, el simbolismo debe ceder ante el alcance normativo de la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011, especialmente en los artículos primero y 18, mediante la cual se reinstala a las PPL dentro de la única sociedad que existe en México, que es la sociedad democrática donde los derechos humanos rigen para todas y todos, independientemente de la situación jurídica en la que se encuentren.
  • definicion!!

    definicion!!
    rama del derecho publico interno que se encarga de la ejecucion de la pena y todo lo que conlleva a la misma