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Evolución del derecho castellano

  • 572 BCE

    Primeros fundadores de España

    Antes del 572 a.C., al parecer no tenían leyes escritas, se gobernaban a partir de costumbres y jucios arbitrarios fundados en equidad y justicia.
  • 550 BCE

    Cartagineses

    Comenzaron a introducir sus leyes en los territorios que dominaron
  • 206 BCE

    Romanos

    Tras la conquista, introdujeron su lengua, sus costumbres y su legislación.
  • 412

    Naciones bárbaras del norte

    Los Godos, los Vandalos, los Alanos, los Suevos y los Silingos, se disputaron el domino del territorio, hasta que los Godos por la ruina ó destierro de todas las otras, quedaron como dueños únicos.
  • 412

    Godos

    Permitieron a los españoles continuar usando las leyes romanas, ya que estos estaban acostumbrados a ellas, y poco a poco fueron estableciendo algunas.
  • 466

    Godos: Rey Eurico

    Fue el primero que las dió las leyes escritas.
  • 572

    Godos: Rey Leovigildo

    Enmendó y arregló las leyes existentes, quitó las superfluas y añadió las que eran necesarias.
  • 654

    Fuero juzgo

    Primer código de leyes Godas y se tiene por fuente y orígen de las leyes de España.
    Esta obra se divide en 12 libros y sus leyes se componen de edictos de diversos reyes godos, de decretos de varios concilios toledanos y de otras leyes de origen no me mencionado.
  • 714

    Entrada de los árabes

    Después de la entrada de los árabes a España, la monarquía goda se arruinó, continuaron en regir las leyes godas en las provincias que se preservaron de los moros y en las que se iban recobrando, gobernándose por ellas y por las costumbres de la nación en general.
  • 1000

    Fuero viejo de castilla

    Establecidó por el conde Sancho García, cuyas leyes son después de las del Fuero Juzgo, las fundamentales de la corona de Castilla separa de la de León.
  • 1020

    Alonso V

    En el reindo de León, dió en las cortes que tuvo en la ciudad de este nombre, el fuero llamado de León.
  • 1128

    Alonso VII

    Publicó diferentes leyes respectivas al estado de los nobles. A esto se le unieron después, fazañas ó sentencias pronunciadas en los tribunales del reino.
  • 1255

    Fuero Real

    El rey Alonso X, deseeando anular los fueros de población y conquista, y los generales de Castilla y León para evitar la cofusión, órdeno y publicó el Fuero Real, también conocido como Libro de los consejos de Castilla
  • 1348

    Alonso XI

    Prefierio que fueran las leyes del código arregló y publicó en las cortes de Alcalá y el código fue conocido por el nombre de Ordenamiento Real de Alcalá.
  • 1348

    Las siete partidas

    El rey Alonso XI, por un ley de se Ordenamiento de Ancalá las publicó y les dió valor, habiendolas ántes enmendado y corregido a su satisfacción, ya que quén las hizo fue el rey Alonso X.
  • 1348

    Alonso XI

    Quieriendo que todos sus reinos se gobernaran bajo las misma leyes, formó el Ordenamiento de leyes conocido por ese nombre.
  • 1351

    Rey Pedro I de Castilla

    En las cortes de Valladolid enmendó y arregló el Fuero de Castilla en la forma en la que ha llegado a nuestros tiempos, conocido también por Fuero de los Hijos-dalgo, Fuero de Burgos y Fuero de las fazañas, alvedrios y costumbres antiguas de España.
  • 1484

    Ordenanzas Reales de Castilla (Ordenamiento de Montalvo)

    Se compone de diversas leyes , ya dispersas, ya contenidas en el Fuero Real, del Estilo y Ordenamiento de Alcalá, y se divide en 8 libros.
    Creador Alonso Montalvo.
  • 1492

    Capitulaciones de Santa Fe

    Es un contrado con Cristobal Colón, donde los reyes le otorgan los títulos de almirante, virrey y gobernate general de todos los territorios que descubriera, además de la decima parte de los beneficios que obtenga de ellos.
  • 1493

    Bulas Alejandrinas

    La primera Intercaetera, alaba el esfuerzo de Fernado e Isabel por la extensión de la fé cristiana, Le solicita al Papa que no abandone este esfuerzo y que a los habitantes de las nuevas tierras se les introduzca a que reciban la profesión cristiana. La Eximiae Devotionis, recuerda las conseciones hechas a los portugueses y reitera la intención de honrar a los reyes castellanos, y otorga los mismos derechos dados a aquellos. La segunda Intercaetera, equipara.
  • 1567

    Nueva Recopilación de Castilla

    Dos tomos cpmprensivos de 9 libros, incorporandose en ella las leyes que corrian en varios cuadernos y otras que se hallaban sueltas.
  • Recopilación de Indias

    En 1570, Felipe II, mandó que se hiciese una recopilación de las leyes y provisoiones dadas para el buen gobierno de las Indias, y se concluyó en 1680, donde Carlos II le dió el nombre de Recopilació n de Indias.
  • Nueva Recopilación de Castilla 3° Tomo - Autos acordados del consejo

    Despues de que en la Nueva Recopilación de Castilla en ediciones posteriores se le hicieran cambios, en 1745, apareció en tercer tomo, en el que se incluyeron más de 500 pragmáticas, cedulas, decretos, órdenes, declaraciones y resoluciones reales
  • Novísima Recopilación

    Esta recopilación se aprobó y se mandó observar por el Sr. Carlos IV con el título de Novísima Recopilación de las Leyes de España.
  • Referencias:

    -Álvarez, José María, “Compendio de la historia del derecho de España”, pp. 1-15. -Posada Bernal, Rodrigo, “Cristóbal Colón. Aproximación histórica al hombre”. -Dougnac Rodríguez, Antonio, Cap. 2. “La incorporación de las Indias a la Corona castellana”, pp. 28-31.
  • Datos

    Historia del Derecho Mexicano - Unidad 3 - Actividad de aprendizaje 1 - Creador: Rodríguez Guerrero, Pablo Elias Abiel