Evolución de las ideas penales.

  • Period: 1790 BCE to 1750 BCE

    Venganza privada

    La venganza privada se le conoce también conoce también como la venganza de la sangre por que sin duda se originó por el homicidio y las lesiones, delitos por su naturaleza denominados de sangre.
    Como los vengadores al ejercitar su reacción se excedían apareció al formula del talión ojo por ojo diente por diente para significar que el ofendido era el único con derecho de causar el mal de igual intensidad al sufrido
  • Period: 1790 BCE to 1750 BCE

    Venganza Pública

    A medida que los estados adquieren una mayor solidez principia a hacerse la distinción entre delitos privados y públicos, según el hecho, lesione de manea directa a los interese de los particulares y el orden público es entonces cuando aparece la etapa llamada venganza pública o "Concepción Política"; los tribunales juzgan en nombre de la colectividad para la supuesta salvaguarda de esta se imponen penas cada vez más crueles e inhumanas.
  • Period: 1750 BCE to 1790 BCE

    Venganza divina

    Estima el delito una de las causas del descontento de los dioses; por eso los jueces y tribunales juzgan en nombre de la divinidad ofendida pronunciando sus sentencias imponiendo las penas para satisfacer su ira logrando el desistimiento de su justa indignación. En esta etapa evolutiva del derecho penal, la justicia represiva es manejada generalmente por la clase sacerdotal.
  • 1300

    Periodo Humanitario

    Es una ley física que a toda acción corresponde una reacción de igual intensidad, pero en sentido contrario la excesiva crueldad siguió un movimiento humanizador de las penas y, en general, de los sistemas penales la tendencia humanitaria, de antecedentes muy remotos, tomó cuerpo hasta la mitad del segundo siglo XIIII con César Bonnesana, Marques de Brecaria, aun cuando no debe desconocerse que también propugnaba por este movimiento, Montesquieu, Dalembert, Voltaire y muchos más.
  • Escuelas Penales

    Nace como reacción a la barbarie y los métodos medievales donde privaba la tortura como medios de obtención de pruebas, igualmente como reacción el principio de juzgado, es decir, tribunales diferentes para nobleza y los plebeyos, inspirada en la Doctrina de los Enciclopedistas del siglo XVIII, con Beccaria que en 1764 publica su obra "De los delitos y de las Penas", de contenido individualista liberal, basado en los principios de la Revolución Francesa de 1789.
  • Escuela Clasica

    Nace como reacción a la barbarie y los métodos medievales donde privaba la tortura como medios de obtención de pruebas, igualmente como reacción el principio de juzgado, es decir, tribunales diferentes para nobleza y los plebeyos, inspirada en la Doctrina de los Enciclopedistas del siglo XVIII, con Beccaria que en 1764 publica su obra "De los delitos y de las Penas", de contenido individualista liberal
  • Periodo Cientifico

    En esta etapa se mantienen los principios de la fase humanitaria, pero se profundiza científicamente respecto del delincuente. Considera que el castigo no basta, por humanizado que sea, sino que además se requiere llevar a cabo un estudio de personalidad del sujeto y analizar a la víctima; es indispensable conocer el porque del crimen, saber cual es el tratamiento adecuado para readaptar al sujeto y, sobre todo , prevenir la posible comisión de delitos.
  • Escuela Positiva

    Fue consecuencia del auge por las ciencias naturales en los estudios filosóficos del siglo XIX, y se hizo sentir en todas las disciplinas, incluyendo el derecho. en materia penal es una negación radical de la clásica pues pretende cambiar el preparatorio implícito, suprimiendo su fundamentación objetiva al dar preponderante estimación a la personalidad del delincuente.
  • La tercera escuela

    Esta surge posteriormente a la escuela clásica y a la escuela positiva aceptando parcialmente sus postulados y constituyendo por consecuencia una postura ecléctica entre ambas.
    Los principales percusores Alimena y Carnevale quienes retoman los siguientes postulados de la escuela clásica y positiva:
    1.- Admite la negación del libre albedrío y concibe al delito como fenómeno individual y social.
  • Sistema finalista

    Esta teoría es iniciada por Von Weber y Graf Zu Dohna.
    La teoría de la acción final establece que la acción es precisamente eso:
    final. la finalidad o el carácter final de la acción se basa en que el hombre puede perder dentro de ciertos límites, las consecuencias de su actividad, proponerse por tanto fines diversos y dirigir su actividad conforme a su plan.
    La actividad final es obrar orientado conscientemente a un fin, por lo que la finalidad es vidente
  • Sistema causalista

    Nace a partir de la obra de Franz Von Liszt, quien se apoya en el concepto de “acción” como un fenómeno causal natural como punto de partida del delito. Esta teoría la expone en su obra denominada “tratado de derecho penal”. Recoge las ideas de las escuelas clásica y positivista además que aplica el método naturalísitico en boga a fines del siglo XIX, se avoca al estudio del código penal alemán de 1871.
  • Modelo lógico matemático

    Surge en el año de 1965, cuyos principales exponentes son Elpidio Ramírez Luna y Olga Islas de Mariscal.
    El derecho penal se estructura con una categoría tricategorial; que en matemáticas sería un conjunto. Donde cada uno debe de tener conceptos jurídicos fundamentales.
  • Funcionalismo.

    Surge en el año de 1970, cuyos principales exponentes son fueron Roxin y Jacobs; quienes se fundamentan en las formas de prevención de la comisión de los delitos.