EVOLUCIÓN DE LA PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES EN MÉXICO. Citlali Anahí Reyes Jiménez, 202053508, NRC: 34420, Horario:7:00-8:29
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Fue publicada en el Diario Oficial de la Federación dicha Ley
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Es también aplicable a los datos del sector público estos Lineamientos, publicados por el entonces IFAI
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Este proyecto que reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se formula como regente del ejercicio de acceso a información la protección de los datos personales y lo referente a la vida privada
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Reforma el artículo 73 de la Constitución, el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares
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En el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo.
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Por el Pleno de la cámara de Senadores, turnando la minuta a la Cámara de Diputados para los efectos conducentes
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La cual fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Al dictamen le fueron dispensados los trámites correspondientes y se debatió, se aprobó en lo general y en lo particular, turnándose a las legislaturas de los Estados.
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Realizó el escrutinio de los votos de las legislaturas de los Estados y emitió la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto.
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La Mayoría de las legislaturas locales aprobaron la reforma constitucional propuesta por el Congreso Federal.
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Se aprobó en sexenio del Ex presidente Felipe Calderón la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares