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EVOLUCIÓN DE LA POLÍTICA EN EL MARCO DE LA EDUCACIÓN INCLUSIVA

  • 2010 BCE

    Ley general 20.422 en Chile

  • Ley 1429 conocida como Ley del Primer Empleo
    2010 BCE

    Ley 1429 conocida como Ley del Primer Empleo

    se establece un descuento en el impuesto sobre la renta y complementarios de los aportes parafiscales y otras contribuciones de nómina para las empresas que contraten personas en situación de desplazamiento, en proceso de reintegración o con discapacidad.
  • (López) un intento de consolidar las bases para la inclusión educativa y social
    2007 BCE

    (López) un intento de consolidar las bases para la inclusión educativa y social

    implica la obligación del Estado de brindar atención educativa a la diversidad de estudiantes, con énfasis en los colectivos que han sufrido históricamente diferentes formas de exclusión escolar en la región.
  • Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad
    2005 BCE

    Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad

    creado por el Ministerio de Salud y Protección Social - señalan que, con corte a febrero de 2018, hay identificadas 1,4 millones de personas con discapacidad. a información del RLCPD permite hacer una caracterización de la población con discapacidad.
  • La Ley 24.901 establece un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad.
    1997 BCE

    La Ley 24.901 establece un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad.

    De esta manera, las obras sociales (entidades enunciadas en el artículo 1º de la ley 23.660), tienen la obligación de cubrir el total de las prestaciones básicas
  • Ley 361 de 1997,
    1997 BCE

    Ley 361 de 1997,

    Establece mecanismos de integración social para personas con limitaciones, garantizando sus derechos fundamentales y promoviendo su inclusión en la sociedad.
  • Que la Ley 115 de 1994 en su artículo 46
    1994 BCE

    Que la Ley 115 de 1994 en su artículo 46

    La educación de las personas con limitaciones físicas, sensoriales, psíquicas, cognoscitivas, emocionales o con capacidades intelectuales excepcionales, es parte integrante del servicio público educativo”.