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Las instituciones políticas de los pueblos prehispánicos, “estaban organizados por grupos –clases– estratigráficamente dispuestos, en escala jerárquica, conforme a la función que cada individuo desempeñaba en la sociedad” (Miranda, 1978:7).
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Jefe supremo, concentraba en sus manos el poder de decidir en cuestiones políticas, administrativas, civiles, militares y religiosas de su señorío.
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Indicaban sobre el Derecho Familiar, que el matrimonio era monogámico, pero con tal facilidad de repudio que con frecuencia se presentaba una especie de poligamia sucesiva.
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Civilización de Mesoamérica que alcanzó un desarrollo civilizado inmenso, dominaba la parte central de Mesoamérica, tenía un sistema organizativo social, político y jurídico que mantenía una relación estrecha con el sistema de creencias religiosas.
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La dirección política de los pueblos se concentró en jerarcas-funcionarios con características aristocrático-monárquicas y estructuras más verticales que horizontales.
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Caída del Imperio Azteca, acontecido entre 1519 y 1521
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Tenochtitlán / Texcoco / Tlacopan
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Transformación cultural, social y gobierno en los reinos indígenas independientes, comunidades campesinas etcétera; incorporación a un sistema social más amplio.
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Las dos instituciones más representativas del Virreinato fueron: la virreinal y la Audiencia.
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El poder del virrey estaba limitado por la organización eclesiástica.
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Etapa bajo el gobierno de los Habsburgo
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Se crean órganos administrativos-judiciales para fortalecer la centralización.
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Después de 1810 empieza México independiente, tiempo en que México se despoja del dominio colonial e inicia una reestructuración político-administrativa como un Estado soberano independiente de cualquier nación extranjera.
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La profesionalización de la burocracia en la Nueva España, la crisis política y económica de España, propiciaron las condiciones necesarias para iniciar el periodo de transición de México
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La pugna entre centralismo y federalismo.
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Las Siete Leyes Constitucionales de 1836
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Marcar un ámbito centralista debido principalmente a las condiciones de crisis e inestabilidad del nuevo México independiente.
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Constitución de 1857 significó un retorno del modelo federal, que junto con las Leyes de Reforma consolidó el Estado-nación como una entidad separada de la iglesia
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Significó un retorno del modelo federal, que junto con las Leyes de Reforma consolidó el Estado-nación como una entidad separada de la iglesia
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1859, Ley del Matrimonio Civil; 1859, Ley de Creación del Registro Civil; 1860, Ley Sobre la Libertad de Cultos.
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Constitución de 1917, incorpora los derechos de corte social. Sin embargo, en cada una de las etapas se puede agregar intentos por formalizar las leyes en el nuevo México independiente.
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