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Declaración que una persona asentaba o hacia asentar en una hoja de Papiro, mediante la cual se comprometía a transferir la propiedad de cualquier objeto. Declaración que debería producirse ante la presencia de tres testigos y llevar el sello de un funcionario de jerarquía.
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1.- Regía los destinos de Babilonia.
2.- Contrato de compraventa.
3.- Personaje llamado ESCRIBA. -
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Redactor de los decretos (pretor).
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Se puede equiparar con el taquigrafo de nuestros días.
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Utilizada por los antiguos romanos para señalar simplemente la existencia de un documento.
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Se le conocía a las notas, cartas o correspondencia que un romano emitía a otro.
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Formalizaba contratos privados y tratados públicos.
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En el siglo VI de la era cristiana, por primera vez existe una
regulación positiva del notariado, debida a Justiniano; donde
existe un cuerpo normativo en sus novelas 44, 47 y 73. 44.- Regula la actividad del Tabelión.
47.- Reglamenta la utilización del protocolo
73.- Regula el documento notarial. -
Carlo Magno reguló sobre las “Capitulares” la actividad notarial.
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Escuela también de los Glosadores; tomó al notariado desde el punto de vista académico.
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Reconoció y firmó a los jurados de la Ciudad de Zaragoza, el derecho de crear notarios dentro de su jurisdicción y reconoció la existencia del colegio de notarios de esa ciudad.
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Donde se fijó el número de notarios en París, y los puso bajo la protección y salvaguardia de los Reyes Franceses, cuando logró incorporarse a la evolución alcanzada por el notariado en otros países.
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Actualmente Colegio de Notarios del Distrito Federal.
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Dió fe de la celebración de la primera reunión del antiguo cabildo de la ciudad de México
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Reconocida en el año de 1592.