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Teodosio II (409-450) encargó a una comisión la recogida de todas las leges (Constituciones imperiales) promulgadas tras el mandato de Constantino.
A pesar de ser una obra de legislación romana, fue usualmente empleada y estuvo bastante tiempo en vigor en tiempos del reino visigodo, de aquí que se incluya en esta línea temporal. -
Se conoce parcialmente y se trata de un conjunto de leyes promulgadas por el rey Eurico, que no constituye, ni pretendía un ordenamiento jurídico completo, si no que responde a la necesidad de dar respuesta a los nuevos problemas que no tienen solución en el derecho romano. Eurico promulga esta obra en el año 476 como rey visigodo de Aquitania. Existe controversia sobre a quienes fue aplicable el código de Eurico, para todos los romanos o sólo para los visigodos. (Personalidad-Territorialidad)
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El breviario es aprobada en una asamblea formada por obispos y representantes provinciales. Es conocido como " ley romana de los visigodos". Pretende resolver la inseguridad juridica de epoca.
El breviario es una coleccion de derecho romano, tiene como fuentes: el Codigo Teodosiano, epitome de Gayo, sentencias de Paulo, libri responsorum de Papiniano y los codigos Hermogeniano y Gregoriano. Cada parte tiene su correspondiente explicación.
Se establece esta obra como la unica aplicable en juicio -
Creado por el rey visigodo Leovigildo. Este reformó el Código de Eurico (corrigió, eliminó y añadió algunas leyes). De este código no se conserva ningún fragmento directamente, sino que es conocido a través de referencias en el código promulgado con posterioridad por Recesvinto, el Liber Iudicorum. Es por este motivo que algunos autores dudan de su existencia.
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El Liber iudiciorum es la primera obra jurídica que plasma una separación del derecho visigodo con el derecho romano aunque tenga rasgos del desarrollo de este último. Fue aplicada a todos los ciudadanos por igual(carácter territorial). Este libro era obligatorio en juicios, de obligada aplicación por los jueces y es importante en el derecho de la alta edad media española en los primeros reinos cristianos. Estuvo vigente en la Península Ibérica hasta mediados de la Baja Edad Media(Siglo XIII).
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