Derecho penal1 e1538147633685

Derecho Penal

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    Surgimiento

    Surgimiento
    Obedece a la necesidad de regular el comportamiento del hombre en sociedad para controlar sus acciones y proteger al grupo social. El crimen nace con el hombre; cuando aún no existía un orden jurídico, ni una sociedad organizada, el delito ya se manifestaba en su forma más rudimentaria.
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    Venganza

    Venganza
    La venganza significa que el hombre, ante una agresión recibida, obtiene satisfacción mediante otro acto violento, también se conoce como venganza de sangre, y consiste en que el ofendido se hace justicia por propia mano ocasionando a su ofensor un daño igual al recibido. Esta fase se identifica como la ley del tallón.
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    Familiar

    Familiar
    Un familiar del afectado realiza el acto de justicia y causa un daño al ofensor.
    Su antecesor más remoto es el Código de Hammurabi, que ya hace un esfuerzo por evitar la desproporcionalidad de la venganza del ofendido
    Que era parte de la venganza privada.
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    Venganza divina

    Venganza divina
    Castigo impuesto a quien ocasiona un daño, en virtud de creencias divinas, de modo que a veces se entremezclan rituales mágicos y hechiceros. Generalmente el castigo lo imponen los "representantes" de diversas deidades.
  • Venganza Pública

    Venganza Pública
    Es un acto ejercido por un represéntate del poder público quien representa los intereses de la comunidad. El interés primordial por castigar con severidad a quien causa un daño caracteriza a esta fase.
    En el Código de Hammurabi, la Ley de las Doce Tablas y el Pentateuco mosaico se encuentran disposiciones relativas a esta fase.
    Al causante del daño dará vida por vida, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie, quemadura por quemadura, herida por herida, cardenal por cardenal.
  • Etapa Humanitaria

    Etapa Humanitaria
    Surge como respuesta a la fase anterior surge una reacción humanista en materia penal, de manera que se pretende dar un giro absoluto y radical a la dureza del castigo.
    César Beccaria y John Howard, con su valiente y enérgica manifestación de principios humanistas, trataron de devolver al hombre el respeto a su dignidad. Para que una pena logre su efecto, basta que el mal de la misma exceda del bien que nace del delito. . Los hombres se gobiernan por la acción repetida de los males que conocen
  • Etapa Humanitaria

    Etapa Humanitaria
    En ella se mantienen los principios de la fase humanitaria, pero se profundiza científicamente respecto del delincuente.
    se requiere llevar a cabo un estudio de personalidad del sujeto y analizar a la víctima; es indispensable conocer el porqué del crimen, saber cuál es el tratamiento adecuado para readaptar al sujeto y, sobre todo, prevenir la posible comisión de delitos son productos de las fallas sociales.
  • Escuela Clásica

    Escuela Clásica
    Apare a raíz de las nuevas ideas surgidas como reacción vigorosa a la anterior y ancestral forma de ver el derecho penal, su máximo representante fue Francisco Carrera al igual Romagnossi, Hegel, Rossi y Carmignani.
    Algunos de los postulados son:
    Libre albedrío. Establece que todos los hombres nacen con igualdad para actuar conforme a derecho, de manera que quien lo contraría lo hace a su libre elección; además, se niega el fatalismo o la predisposición hacia el delito. Igualdad de derechos.
  • Escuela Clásica

    Escuela Clásica
    Responsabilidad moral. Como el hombre nace con libre albedrío y puede escoger libremente entre el bien y el mal, la responsabilidad es de tipo moral
    El objeto determina el método en la investigación, de manera que esta escuela sigue el deductivo, también se conoce como método especulativo, lógico abstracto, teleológico o finalista. Como el derecho penal es una ciencia normativa. La pena debe ser un castigo directamente proporcional al delito cometido y estar previamente señalada en la ley.
  • Escuela Positiva

    Escuela Positiva
    Surge en reacción de la escuela clásica y se fundamenta en bases científicas que corresponden a las ciencias sociales. Sus principales exponentes fueron Enrico Ferri, Rafael Garófalo y César Lombroso.
    Niega el libre albedrío el hombre no escoge libre y conscientemente el mal sobre el bien puesto que es un ente natural.
    Afirma que hay hombres que nacen con predisposición hacia su futura manera de comportamiento, de acuerdo con sus características biológicas, antropológicas y psicológicas
  • Escuela Positiva

    Escuela Positiva
    Los positivistas utilizaron el método inductivo (de lo particular a lo general), conocido también como experimental, la pena debe ser proporcional al estado peligroso. Se niega que la pena tenga o deba tener proporcionalidad directa con el delito.
    En vez de castigar es necesario prevenir y aplicar las medidas de seguridad para evitar las penas. Se clasifican según diversos criterios, debe aplicarse la adecuada al caso, en virtud de la peligrosidad y caracterología específicas del sujeto
  • Escuelas Eclécticas

    Escuelas Eclécticas
    Esta tercera postura, que llega a ser una fusión de aquéllas eclécticas aceptan y niegan postulados tanto de la escuela clásica como de la positivista. Las más importantes la tercera escuela, la escuela sociológica y la escuela técnico-jurídica. La principal surge en Italia sus mayores representantes fueron Alimena y Carnevale.
    Sustenta los siguientes postulados:
    a) Negación del libre albedrío.
    b) El delito es un hecho individual y social.
    c) Se interesa por el delincuente más que por el delito
  • Escuelas Eclécticas

    Escuelas Eclécticas
    d) Señala las ventajas del método inductivo.
    e) Adopta la investigación científica del delincuente.
    f) Considera la responsabilidad moral.
    g) Distingue entre imputables e inimputables.
    h) Plantea la reforma social como deber del Estado.
  • Escuela Sociológica

    Escuela Sociológica
    Su representante principal es Franz von Liszt y sus postulados son a) La pena tiene como fin conservar el orden jurídico
    b) Emplea los métodos jurídico y experimental.
    c) Concibe al delito como fenómeno jurídico y natural.
    d) Considera que los factores criminógenos son individuales, físicos, sociales y económicos.
    e) Afirma que la pena es una necesidad.
    f) Estima la imputabilidad y la peligrosidad del delincuente.
    g) Deben existir penas y medidas de seguridad.
  • Escuela Técnico-jurídica

    Escuela Técnico-jurídica
    Sus representantes fundamentales a Manzini, Battaglini y Rocco.
    a) Eleva a primer grado el derecho positivo.
    b) Destaca que el ordenamiento jurídico debe prevalecer sobre otros criterios.
    c) Al derecho penal le debe interesar el conocimiento científico de los delitos y las penas.
    d) La pena funciona para prevenir y readaptar.
    e ) La responsabilidad penal debe basarse en la capacidad para entender y querer.
    f)Rechaza el planteamiento de problemas filosóficos