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  Se debe publicar un aviso en el boletín oficial durante 5 dias y tambien en diarios locales, que contenga la clase y ubicación del negocio, el nombre y domicilio del vendedor y del comprador, así como el nombre y domicilio del rematador y del escribano, si participan. Art 2 , Ley 11.867
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  Antes de la transferencia, el vendedor debe entregar al comprador una nota firmada con los detalles de los créditos adeudados, los nombres y domicilios de los acreedores, los montos adeudados y las fechas de vencimiento. Art 3 Ley 11.687
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  Los acreedores tienen 10 días para oponerse a la transferencia desde la última publicación del aviso, en caso de haber oposicion deben solucionar antes de transferir. Art4 Ley 11.687
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  El comprador retendrá el importe correspondiente en caso de que haya oposicion en una cuenta especial
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  La transferencia no puede realizarse por menos del monto de las deudas, la omisión de este requisito hará solidariamente responsables al comprador, vendedor y notarios involucrados. Art 3 y 4 11687