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Garantiza la libertad de enseñanza y permite la secularización
de la educación, es marcada la influencia que la iglesia va a tener hasta finales de la década del ochenta y principios de la del noventa). -
Se reconoce que la educación es un derecho humano, solo una minoría de los niños del mundo tenían acceso a ésta.
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La Convención se basa en los derechos de no discriminación e igual acceso y posibilidades de educación para todos.
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Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural.
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Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural.
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Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural.
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Es un protocolo adicional que busca asegurar la aplicación de las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
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Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención médica a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, el acceso a servicios de atención médica, inclusive los que se refieren a la planificación de la familia.
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busca la eliminación de todas las formas de discriminación racial existentes.
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Condena la discriminación contra la mujer en todas sus formas y obliga a los Estados a adoptar una política encaminada a eliminar esta discriminación por todos los medios apropiados y sin dilaciones.
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Es un tratado internacional de derechos humanos el cual prohíbe el uso de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
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refuerza y amplía todavía más el concepto del derecho a la educación, en particular mediante la obligación de tener en cuenta en su aplicación los cuatro principios fundamentales de la Convención.
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Los objetivos de la Educación para Todos fueron establecidos
Por Jomtien (Tailandia) y reafirmados en el Foro , donde llega a su fin con la aprobación de la bautizada como Declaración de Incheon. En ella se pide pide a los países que proporcionen una educación inclusiva, equitativa y de calidad y que garanticen oportunidades de aprendizaje para todos. -
La preocupación de los gobiernos se centrará en mejorar
los indicadores poniendo el énfasis en la capacidad cuantitativa del sistema, el Estado colombiano ya había suscrito varios pactos y acuerdos internacionales que lo comprometían en la garantía de los derechos humanos -
Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.
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La Corte Constitucional de Colombia mediante varias sentencias se ha pronunciado frente a la educación como derecho fundamental por reunir estas características y no por aparecer reconocido en la Constitución Nacional como tal.
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fue el resultado de una amplia discusión y buscó integrar en ella elementos consecuentes con el desarrollo constitucional, relacionados con la participación, la paz, los derechos humanos y la democracia.
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El derecho del niño a expresar sus opiniones acerca de todas las cuestiones que le afectan y a que se dé la debida importancia a sus opiniones en función de su edad y madurez, los participantes en el cual también se comprometieron a ampliar y mejorar la atención y la educación de la primera infancia, eliminar las disparidades de género en la educación y mejorar la calidad de la enseñanza.
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Los Estados Partes en el presente Protocolo, Considerando que la abolición de la pena de muerte contribuye a elevar la dignidad humana.
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En la que se pone el acento en que el derecho a la educación es un derecho reconocido internacionalmente en su interrelación con el derecho al desarrollo y en que para su plena realización es necesaria la protección jurídica y constitucional de este derecho.