Nicaragua

Delimitacion marítima Colombia y Nicaragua

  • soberanía de Colombia sobre el territorio de San Andres y Santa Catalina

    soberanía de Colombia sobre el territorio de San Andres y Santa Catalina
    se desarrolla por la Real Orden dada por el Rey de España,por medio de la cual éstas islas dejaban de estar bajo el control de la Capitanía General de Guatemala para formar parte del Virreinato de La Nueva Granada.
  • RATIFICACION

    RATIFICACION
    Se materializó una de las prácticas del reino Español, sobre el manejo de territorios en ultra mar, los cuales se deben sujetar al control de la zona continental. Posteriormente, esta Orden Real, fue ratificado
  • Tratado de Unión, Liga y Confederación Perpetua entre la República Federal de Centro América y Colombia

    Tratado de Unión, Liga y Confederación Perpetua entre la República Federal de Centro América y Colombia
    Se acuerda que los límites entre ambas naciones serían los existentes en ese momento. Este tratado invocaba el principio del uti possidetis iure de 1810. Por ello, Colombia y los Estados sucesores de la República Federal de Centro América (en este caso Nicaragua), quedaron obligadas a dar cumplimiento a dicha disposición, conforme lo establece el derecho internacional, dando paso a que Colombia ejerza soberanía sobre las Islas de San Andrés y Providencia.
  • DEMANDA

    DEMANDA
    Nicaragua inició ante la Corte Internacional de Justicia el "Caso de la República de Nicaragua contra la República de Colombia con respecto a los "aspectos legales subsistentes" entre los dos Estados "en relación con el título sobre el territorio y la delimitación marítima" en el Caribe occidental.
  • Excepciones preliminares de Colombia

    El plazo para presentar las excepciones preliminares se vencía el próximo 28 de julio, tres meses después de que Nicaragua presentó sus argumentos de la demanda. Dada la decisión de Colombia el proceso se suspenderá hasta que la Corte no responda a este país.
  • MEMORIA DE NICARAGUA

    MEMORIA DE NICARAGUA
    De acuerdo a Colombia, los territorios en disputa históricamente le habían pertenecido y, además, sostuvo que en 1928 se firmó el Tratado Esguerra-Bárcenas. Tratado de 1928: es un acto oficial y público bilateral realizado entre la República de Colombia y la República de Nicaragua sobre cuestiones territoriales entre los dos países, específicamente sobre la soberanía de la costa de Mosquitos y las islas del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
  • Declaración de Nicaragua

    Declaración de Nicaragua
  • Sentencia sobre las excepciones preliminares

    Sentencia sobre las excepciones preliminares
    La Corte Internacional de Justicia, se declara competente para resolver el litigio y le reconoce a Colombia la soberanía por las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, pues menciona que este conflicto ya estaba resuelto por el tratado de 1928. Sin embargo, agregó que el tratado no determinó las fronteras marítimas de una zona rica en petróleo, por lo cual los dos países tendrán que estructurar sus argumentaciones, para presentárselas a la corte.
  • Contra memoria de Colombia

    Contra memoria de Colombia
  • Réplica de Nicaragua

    Réplica de Nicaragua
  • Solicitud de intervención del gobierno de Costa Rica

  • solicitud de intervención del gobierno de Honduras

    solicitud de intervención del gobierno de Honduras
  • Sentencia sobre las solicitudes de Costa Rica y Honduras

    Sentencia sobre las solicitudes de Costa Rica y Honduras
  • Audiencias públicas

    Audiencias públicas
  • Sentencia sobre el fondo de lo disputado

    Sentencia sobre el fondo de lo disputado
    la demanda que presentó Nicaragua contra Colombia, argumentando que todo el archipiélago le pertenece a este último país, reafirmando así la soberanía de Colombia sobre las islas de San Andrés y Providencia, junto con los cayos de Alburquerque, Roncador, Serrana, Bajo Nuevo, Quitasueño y Serranilla;10​ sin embargo con este fallo Colombia perdió cerca del 43% de su territorio marítimo en el Mar Caribe.