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1 CE
Aviso
Quien desea realizar una transferencia de fondo de comercio debe de hacer un anuncio previamente el en el diario de publicaciones legales, en periódicos y zonas donde funcione el establecimiento, este anuncio debe de durar 5 días.
El anuncio debe de contener:
-Detalle de los créditos adeudados.
-Nombre y domicilio de los acreedores.
-Monto de créditos adeudados.
-Fechas de vencimiento. -
1 CE
Nota
Además se le debe de entregar al presunto comprador una nota firmada que contenga:
- Detalles de créditos adeudados.
-Nombre y domicilio de los acreedores.
-Monto de créditos adeudados.
-Fechas de vencimiento (si existieran). -
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Otorgamiento de documento de transferencia
El documento de transmisión solo se podrá firmar 10 días después de la ultima publicación realizada, siempre y cuando no exista oposiciones por parte del acreedor o si existiera, ya se hubiera realizado las correspondientes retenciones y depósitos.
Para que el documento de transferencia realice efecto en terceros debe de extenderse por escrito y inscribirse en el registro publico, dentro de 10 días de su otorgamiento. -
Period: 3 to 2 BCE
Oposiciones o Embargo
Desde la ultima publicación realizada los acreedores tendrán 10 días para notificar si existiera alguna oposición de la operación de trasferencia, se le notificara al comprador, rematador o escribano que intervenga en el acto, reclamando la retención del importe de sus créditos y el correspondiente deposito de las sumas retenidas.
Desde la publicación el acreedor que se opone tiene 20 días para realizar embargo judicial, no realizado el mismo en el plazo correspondiente, pierde su oportunidad.