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La Constitución declara a la Nación española como la reunión de todos los españoles en ambos hemisferios, misma que declara libre y le da la capacidad de decretar sus propias leyes, también nombra ciudadanos españoles a las personas nacidas en todo el dominio de las Españas, a los hijos de estos y a los extranjeros que obtengan carta de naturaleza, entre otros. [https://inehrm.gob.mx/es/Constitucion1917/Constitucion_Politica_de_la_Monarquia_Espanola1]
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El Supremo Congreso Mexicano deseoso de llenar las heroícas miras de la Nación, elevadas nada
menos que al sublime objeto de sustraerse para siempre de la dominación extranjera, y substituir
al despotismo de la monarquía de España un sistema de administración que reintegrando a la
Nación misma en el goce de sus augustos imprescriptibles derechos.[https://constitucion1917.gob.mx/es/Constitucion1917/Decreto_Constitucional_para_la_Libertad_de_la_America_Mexicana1] -
La Constitución española es un código peculiar de la nación de que nos hemos emancipado; porque respecto de ella ha sido el origen y fomento de las turbulencias y agitaciones políticas; sus disposiciones en general son inadaptables a nuestros intereses y a nuestras circunstancias, con estos fundamentos, el Emperador ha manifestado la necesidad de un reglamento propio para la administración, buen orden y seguridad interna y externa del Estado. (Instituto Nacional de Estudios Históricos, 2015).
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Acta Constitutiva de la Federación
[https://constitucion1917.gob.mx/es/Constitucion1917/Acta_Constitutiva_de_la_Federacion1] -
La primera Constitución mexicana, su contenido era Federal. [https://constitucion1917.gob.mx/es/Constitucion1917/Constitucion_Federal_de_los_Estados_Unidos_Mexicanos1]
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Se formula en una etapa de inestabilidad del México independiente, marca un ámbito centralista, debido a condiciones de crisis e inestabilidad. [https://constitucion1917.gob.mx/es/Constitucion1917/Leyes_Constitucionales1]
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Al igual que la Constitución de 1836, esta Constitución surge en una etapa de crisis e inestabilidad y tenía un sentido centralista, se dan las bases de la Organización Política de la República Mexicana. [https://constitucion1917.gob.mx/es/Constitucion1917/Bases_de_la_Organizacion_Politica_de_la_Republica_Mexicana1]
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Los Estados mexicanos, por un acto de su propia e individual soberanía, y para consolidar su independencia, afianzar su libertad, proveer a la defensa común, establecer la paz y procurar el bien, se confederaron en un sistema político de unión para su gobierno general, bajo la forma de República popular representativa. (Instituto Nacional de Estudios Históricos, 2015).
[https://constitucion1917.gob.mx/es/Constitucion1917/Acta_Constitutiva_y_de_Reformas1] -
Retomo el modelo federal, consolido el Estado-nación, incluye garantías individuales o derechos del hombre, además de un sistema jurídico de protección de dichas garantías o derechos, considerando los derechos del hombre como naturales y superiores a la autoridad, a la ley y al sociedad misma. [https://constitucion1917.gob.mx/es/Constitucion1917/Constitucion_Politica_de_la_Republica_Mexicana1]
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Reformas adicionales a la Constitución Política de la República Mexicana del 5 de febrero de 1857. [https://constitucion1917.gob.mx/es/Constitucion1917/Reformas_a_la_Constitucion_Politica_de_la_Republica_Mexicana_del]
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A fin de preparar la organización definitiva del Imperio, habiendo oído a Nuestros Consejos de Ministros y de Estado, se decreta las siguientes estatutos. (Instituto Nacional de Estudios Históricos, 2015).
[https://constitucion1917.gob.mx/es/Constitucion1917/Estatuto_Provisional_del_Imperio_Mexicano1] -
Incorpora los derechos de corte social. [https://constitucion1917.gob.mx/es/Constitucion1917/Constitucion_1917_Facsimilar]