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Constituciónes del Ecuador 1830 / 2008 Realizado por Mateo Mazon

  • Riobamba, 23 de septiembre de 1830

     Riobamba, 23 de septiembre de 1830
    La Constitución de Ecuador de 1830 fue la primera constitución política de la que se dató la República del Ecuador tras su creación después de la separación del Distrito del Sur de la Gran Colombia.
    Fue redactada por el Congreso Constituyente de 1830 reunido en la ciudad de Riobamba, el cual inició sus funciones el 14 de agosto con la asistencia de 21 diputados 7 por cada departamento de Quito, Guayaquil y Cuenca.
  • Ambato, 13 de agosto de 1835

    Ambato, 13 de agosto de 1835
    La Constitución de 1835 estableció al Ecuador como una república, con características de Estado unitario y soberanía, lo cual lo hacía independiente de cualquier otro poder extranjero.
    La Constitución de 1835 reemplazó al Congreso de Diputados e implantó la bicameralidad en el país al dividir la función legislativa en dos órganos: la Cámara de Senadores y la Cámara de Representantes. Ambas cámaras conforman al Congreso. El proceso de formación de la ley podía proceder desde ambas cámaras.
  • Quito, 1 de abril de 1843

    Quito, 1 de abril de 1843
    Denominada oficialmente como Constitución Política de la República del Ecuador, más conocida también como Carta de la Esclavitud, fue la tercera carta magna de la que se dotó la República del Ecuador. Fue redactada por la Convención Nacional de 1843 en la ciudad de Quito, bajo el segundo gobierno del general Juan José Flores. Sucedió a la Constitución de 1835, redactada por orden de Vicente Rocafuerte, y duró dos años, hasta la Revolución marcista.
  • Cuenca, 8 de diciembre de 1845

    Cuenca, 8 de diciembre de 1845
    Denominada oficialmente como Constitución de la República del Ecuador, fue la cuarta constitución política en estar vigente en el país, y la tercera desde que pasó a denominarse como República del Ecuador. Fue redactada por la Convención Nacional en la ciudad de Cuenca.1 Estuvo en vigencia luego de la salida de Juan José Flores de la presidencia tras la Revolución marcista, y derogó Constituciones, que había originado las protestas.
  • Quito, 27 de febrero de 1851

    Quito, 27 de febrero de 1851
    En ese año la Convención reunida en Quito un 27 de febrero, bajo la presidencia de Ramón de la Barrera, dictó la quinta Constitución y nombró presidente a Diego Noboa.
    El 17 de julio la Guarnición de Guayaquil se sublevó y el presidente Noboa fue destituido. Entonces, el general José María Urbina se proclamó jefe supremo.
    Esta constitución el regreso de la unicameralidad, es decir, el poder legislativo representado en una asamblea nacional compuesta de una sola cámara.
  • Guayaquil, 6 de septiembre de 1852

    Guayaquil, 6 de septiembre de 1852
    Tras la Guerra de Independencia, España quedó impregnada de movimientos revolucionarios que duraron todo el S.XIX y gran parte del S. XX. En 1848 llegaron los ecos de las revoluciones europeas y por ello las Cortes concedieron al gobierno moderado del general Narváez una Ley de Poderes excepcionales y la suspensión de las garantías constitucionales para que el movimiento revolucionario no se extendiera por España. En este contexto y unos años después, el conservador Bravo Murillo,
  • Quito, 10 de abril de 1861

    Quito, 10 de abril de 1861
    Concluido el Gobierno de José María Urbina, desde el 10 de abril de 1861 entra en vigencia la séptima carta Política de la República. Gabriel García Moreno en calidad de jefe supremo de la República del Ecuador convocó a la séptima Asamblea Nacional Constituyente, presidida por el ya anciano ex presidente Juan José Flores. Quito fue la sede de esta asamblea que, como todas, elaboró y aprobó la séptima constitución y eligió al nuevo presidente de la República.
  • Quito, 11 de agosto de 1869

    Quito, 11 de agosto de 1869
    La Constitución de Ecuador de 1869 fue la octava constitución ecuatoriana, vigente en el país durante el período comprendido desde 1869 hasta 1876, siendo después reemplazada por la Constitución de 1878.
    Fue elaborada y propuesta por Gabriel García Moreno, a la cual sometió a un referéndum constitucional, siendo aprobada por el pueblo con un SÍ contundente. Contenía trece títulos, además de disposiciones transitorias, que comprendían un total de 117 artículos.
  • Ambato, 6 de abril de 1878

    Ambato, 6 de abril de 1878
    La Novena Constitución Política del Ecuador, fue realizada en 1978. En 1977, Ignacio de Veintimilla, jefe supremo de entonces, convocó a la Novena Asamblea General Constituyente, reunida en Ambato. Como era normal, la asamblea elaboró y aprobó una nueva Constitución del Ecuador. Las mayores disposiciones que estableció dicha Constitución fueron que para ser ciudadano ecuatoriano se requería ser mayor de 21 años de edad o casado y al serlo, saber leer y escribir.
  • Quito, 13 de febrero de 1884

    Quito, 13 de febrero de 1884
    El 13 de febrero de 1884 se promulga la décima Constitución y Caamaño es nombrado Presidente Constitucional. La asamblea constituyente derogó la constitución de 1878 y elaboró la nueva constitución de 1884, eligió al Presidente y Vicepresidente Constitucional de la República, Consejeros de Estado, Ministros de la Corte Suprema, del Tribunal de Cuentas y de las Cortes Superiores.
  • Quito, 14 de enero de 1897

    Quito, 14 de enero de 1897
    La Primera Constitución Liberal, tras la revolución del 5 de junio eligió presidente al general Eloy Alfaro. Se eliminó la pena de muerte para delitos de asesinato y parricidio y estableció la libertad de culto, convocó a una nueva asamblea constituyente, donde sus sesiones empezaron en Guayaquil el 12 de enero de 1897 y concluyeron en Quito. Esta constitución duró nueve años en el poder del General Eloy Alfaro Delgado.Se eliminó la pena de muerte para delitos de asesinato y parricidio
  • Quito, 22 de diciembre de 1906

    Quito, 22 de diciembre de 1906
    La situación del país en 1906 se encontraba divida en dos bandos irreconciliables. Alfaro resultó nombrado Presidente Constitucional de la República la misma que fue conocida como la Carta de Liberal. La Asamblea dicta una serie de normas legales referentes a la educación; también se reforma el Código Penal para ponerlo de acuerdo a la Constitución; dicta una nueva Ley de División Territorial, que actualmente la sigue siendo, pues no se ha expedido otra ley en ese sentido
  • Quito, 26 de marzo de 1929

    Quito, 26 de marzo de 1929
    El proyecto de Constitución de 1929, llamada Estatuto Fundamental de la Monarquía, fue un proyecto de constitución o mejor de carta otorgada elaborado por la Sección Primera de la Asamblea Nacional Consultiva designada por la Dictadura de Primo de Rivera en octubre de 1927. Pretendía ser la nueva ley fundamental de la Monarquía de Alfonso XIII en sustitución de la Constitución liberal de 1876, suspendida desde el triunfo del golpe de Estado de Primo de Rivera en septiembre de 1923.
  • Quito, 2 de diciembre de 1938

    Quito, 2 de diciembre de 1938
    La Asamblea Constituyente promulgó la nueva Constitución y eligió como presidente a Aurelio Mosquera Narvaez. Sin embargo nunca entró en vigencia pues fue derogada por Narváez. Ayora convocó a una asamblea constituyente, que promulgó la decimotercera carta magna del país, el 26 de marzo de 1929. En esta se considera que la soberanía de la República reside en el pueblo y no en la nación; se mantiene la ciudadanía a los mayores de 21 años , y no se hace ninguna mención a la religión
  • Quito, 6 de marzo de 1945

    Quito, 6 de marzo de 1945
    Duró un año, tenía una tendencia liberal, en esta gobernó al Ecuador el Dr. José María Velazco Ibarra.Se expide el 6 de marzo de 1945 en la cuidad de Quito.La República del Ecuador acata las normas del Derecho Internacional y proclama el principio de cooperación y buena vecindad entre los Estados y la solución, por métodos jurídicos, de las controversias internacionales.
  • Quito, 31 de diciembre de 1946

    Quito, 31 de diciembre de 1946
    La decimo sexta Constitución duro 20 años, con una tendencia liberal, en esta gobernaron los presidentes Carlos Julio Arosemena Tola.El presidente Velasco Ibarra en 1946 decidió desconocer la constitución que el mismo promovió en 1944 y asumir plenos poderes, al no poder ejercer de forma efectiva el poder por la independencia de poderes que garantizaba la constitución , además por haber perdido el apoyo de los liberales, socialistas y comunistas que lo apoyaron en la Revolución
  • Quito, 25 de mayo de 1967

      Quito, 25 de mayo de 1967
    Expedida en Quito por la Asamblea Nacional Constituyente y ordena su publicación el 25 de mayo de 1967.Duro once años, con una tendencia conservadora, en esta gobernaron los presidentes Otto Arosemena Gómez y Guillermo Rodríguez Lara.Empieza citando las formas de Estado y de Gobierno: manifiesta que la soberanía reside en el pueblo y que es ejercida por los órganos del poder público, a los que responsabiliza del fiel cumplimiento de sus normas.
  • Quito, 15 de enero de 1978

    Quito, 15 de enero de 1978
    Se trata de una constitución escrita, que se enmarca dentro de la tradición del Derecho continental y en contraposición al sistema inglés, cuya Constitución no está recogida en un texto concreto.Es una constitución rígida, por cuanto contiene un procedimiento específico para la reforma de sus preceptos.Es una constitución derivada, puesto que atendió al Derecho comparado, no incluye innovaciones radicales, se asienta en el constitucionalismo histórico
  • Riobamba, 5 de junio de 1998

    Riobamba, 5 de junio de 1998
    Fija el conjunto de derechos civiles y políticos que el Estado está obligado a proteger; se señalan las garantías de orden social, económico y cultural a las que los ecuatorianos tienen derecho; se establecen las atribuciones de las principales funciones y organismos del Estado, regulando sus actividades; se menciona cuál será el papel del Estado en la economía y en la sociedad; se indica la forma en que se aprueban y modifican las leyes y la misma Constitución
  • Montecristi, 28 de septiembre de 2008

    Montecristi, 28 de septiembre de 2008
    Es el fundamento y la fuente de la autoridad jurídica que sustenta la existencia del Ecuador y de su gobierno.Define la separación de poderes del gobierno ecuatoriano en cinco ramas. Se conservan los tres poderes tradicionales establecidos en constituciones anteriores: la función legislativa, asignada a la Asamblea Nacional; la función ejecutiva, liderada por el presidente de la República; y la función judicial encabezada por la Corte Nacional de Justicia.