Revisión Histórica del Sistema Constitucional Mexicano (DFC)

  • CONSTITUCION DE CADIZ

    CONSTITUCION DE CADIZ
    Establece la Monarquía limitada, el ejercicio del Poder Legislativo por Cortes electas, una administración de justicia in- dependiente y, como limitación a los poderes públicos, derechos humanos fundamentales. Mantiene, como lo explican las circunstancias de la época, la obligatoriedad de la religión católica.
  • CONSTITUCION DE APATZINGAN

    CONSTITUCION DE APATZINGAN
    Contenidas muchas de las ideas del Generalísimo José María Morelos y Pavón, en esta Constitución, destacaba el reconocimiento de la religión católica, así como los conceptos de soberanía, ciudadanía, igualdad ante la ley y el respeto a la libertad. Pretendía velar por la protección de los pobres a través de la moderación de la opulencia y el aumento de su jornal, que se traduciría en la mejora de sus costumbres, los alejaría de la ignorancia, la rapiña y el hurto.
  • TRATADOS DE CORDOBA

    TRATADOS DE CORDOBA
    En los Tratados de Córdoba se reconocieron los territorios que pertenecieron anteriormente a la monarquía y se instauró una nación soberana e independiente como “Imperio Mexicano” con la condición monárquica constitucional moderada, donde se podría situar a las cortes en la misma capital.
  • CONSTITUCION FEDERAL

    CONSTITUCION FEDERAL
    Planteada como un pacto entre los estados, dividía la República en 19 estados y cinco territorios. Cada estado elegiría su gobierno y su congreso. El gobierno se compondría de tres poderes: ejecutivo, legislativo senadores y diputados- y judicial. El Supremo Poder Ejecutivo de la federación residirá en un solo individuo que se denominará Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, y que además habría un vicepresidente. El poder judicial estaría a cargo de la Suprema Corte de Justicia.
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    LAS 7 LEYES CONSTITUCIONALES

    Cuando Antonio López de Santa Anna llega al poder asumiendo un rol conservador, abroga la legislación y procede a estructurar el Estado en una república centralista cuyas bases fueron sentadas en las siete leyes constitucionales. En dicho ordenamiento existió un apartado para los derechos: Se titulaba Derechos y Obligaciones de los Mexicanos y habitantes de la República y reconocía los derechos de nacionalidad, igualdad, libertad, propiedad, seguridad jurídica y derechos políticos.
  • Bases Orgánicas

    Bases Orgánicas
    En decreto del 23 del mismo mes de diciembre de1842, el gobierno dio a conocer la lista de los ochenta integrantes de la Junta, los que se tendrían que instalar el 6 de enero siguiente, jurando redactar las Bases Orgánicas, “sosteniendo la religión y la independencia, el sistema popular representativo republicano, y las garantías que tienen derecho los mexicanos” El 8 de abril de 1843 se presentó el proyecto de Bases Orgánicas de la República Mexicana, el cual, quedó aprobado dos meses después.
  • Acta Constitutiva y de Reformas

    Acta Constitutiva y de Reformas
    Durante la intervención norteamericana se declaró el retorno a la vigencia de la Constitución de 1824 de carácter federalista y se le adicionó el acta constitutiva y de reformas del 21 de mayo de 1847 formulada por Mariano Otero. La trascendencia de ello fue la implementación a nivel federal del juicio de amparo como un control de garantía de los derechos humanos
  • CONSTITUCION FEDERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

    CONSTITUCION FEDERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
    Antonio López de Santa Anna firmó la CPEUM, que tenia De los derechos del Hombre reconocía los derechos a la libertad de expresión, asociación y portación de armas; reafirmaba la abolición de la esclavitud, las formas crueles de castigo y la pena de muerte; de igual manera, prohibió los títulos de nobleza y se establecieron los principios de legalidad e irretroactividad; sin embargo, siguieron sin tratarse los temas referentes a los derechos de la mujer y la libertad de creencias
  • CONSTITUCION FEDERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

    CONSTITUCION FEDERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
    Establecía la forma de Gobierno, que siguió siendo republicana, representativa, demócrata y federal; y las garantías individuales y sociales de los mexicanos. Se refrendó la división de poderes en Ejecutivo, Judicial y Legislativo, el cual se distinguió por primera vez en cámaras de Diputados y Senadores. Se ratificó además el sistema de elecciones directas y se decretó la no reelección; se creó el municipio libre, y un ordenamiento agrario relativo a la propiedad de la tierra.