-
Se aplicaron las Leyes de Indias (creadas especialmete para colonias americanas) y supletoriamente las Leyes de Castilla
-
Se incorporaron las normas de las Ordenanzas de Bilbao que regulaban específicamente el
comercio terrestre y marítimo. -
Creación de la Real Aduana de Bs As; el control del comercio directo con España se reforzó con la creación de la real Aduana de Buenos Aires
-
Creación del Consulado de Buenos Aires; tenia doble función judicial y administrativa, y mantenía separada la jurisdicción civil de la mercantil.
-
-
Creación por la Asamblea del Año 1813 de la matrícula para Comerciantes Nacionales; normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
-
Se creó la Bolsa Mercantil que se instaló en 1822 y funcionó por breve lapso y se dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros.
-
Por inspiración de Rivadavia, si dictaron tres decretos: sobre actos de comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio
-
Por decreto, Rosas suprimió los concursos de acreedores. Esto fue
derogado en 1858. -
El código de comercio de 1862 (el cual se mantuvo en vigencia hasta el 2015)
-
En 1869 se sancionó el Código Civil lo que planteo la necesidad de reformar el Código de Comercio.
-
Se produce la primera gran reforma del Código de Comercio de 1862.
-
Se sanciona el Decreto-Ley 5965/63 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
-
Se sanciona la Ley N° 17.418 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
-
Se sanciona la Ley 19.550 que incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen sobre sociedades. -
Se sanciona la Ley 20.094 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
-
Se sanciona la Ley 24.452 que incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras. -
Se sanciona la Ley 26.579 que, entre otras cosas, modifica la edad
para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años. -
Entrada en Vigencia del Nuevo Código Civil y Comercial de la República Argentina (Año 2015).