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Aplicación de Leyes de Indias y supletoriamente las Leyes de Castilla.
A partir de la creación del Consulado de Buenos Aires, en 1794, se incorporaron las normas de las Ordenanzas de Bilbao de 1737 que regulaban específicamente el comercio terrestre y marítimo. -
Año 1813: Creación por la Asamblea del Año 1813 de la matrícula para Comerciantes Nacionales.
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Se creó la Bolsa Mercantil que se instaló en 1822 y funcionó por breve lapso y se dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Por inspiración de Rivadavia, se dictaron tres decretos: sobre actos de comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio.
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Por decreto, Rosas suprimió los concursos de acreedores. Esto fue derogado en 1858.
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Aprobación del Código en la Provincia de Buenos Aires, entra en vigor en 1860.
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Ley 15 adopta el Código de Comercio de Buenos Aires para toda la Nación.
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Planteo necesidad de reformar el Código de Comercio.
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Las principales modificaciones introducidas fueron: 1) El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos; 2) Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante; 3) cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras; 4) se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda, quitando el material que se consideraba civil.
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Se sanciona el Decreto-Ley 5965/63 sobre letras de cambio y pagarés.
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Se sanciona la Ley 17.418 sobre régimen de seguros.
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Se sanciona la Ley 19.550 sobre sociedades.
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Se sanciona la Ley 24.452 sobre cheques y Ley 24.522 sobre concursos y quiebras.
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Se sanciona la Ley 26.579 modifica la mayoría de edad de 21 a 18 años.
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Derogación del Código de Comercio de 1862.
Unificación del derecho privado en Argentina.
No hay diferenciación entre contratos civiles y comerciales, ni entre sujetos comerciales y civiles.