-
Se promulgó en México la Ley de Justicia Fiscal, creándose el Tribunal Fiscal de la Federación, primer tribunal administrativo autónomo e independiente en México.
-
Con ella inician las actividades del entonces Tribunal fiscal de la Federación. El Tribunal estaba integrado por 15 magistrados que podían actuar en pleno o a través de 5 salas. La competencia que les asignó el legislador era en materia estrictamente fiscal.
-
Después de haber entrado en vigor la ley de Justicia fiscal fue derogada un año después por el Código Fiscal de la Federación de 1938, conservando igual competencia para el Tribunal.
-
Se expide una nueva Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación en la que se previeron los aspectos orgánicos del propio Tribunal, incrementándose a 22 magistrados integrando las 7 salas que ya existían, más el presidente que no integraría sala.
Se prevé la regionalización del Tribunal creándose salas regionales y la sala superior precisando se la competencia de ambas. -
Se publicó en el DOF el nuevo Código Fiscal de la Federación, siendo consecuencia directa de las recomendaciones en materia tributaria formuladas por la Organización de Estados Americanos y el Banco Interamericano de Desarrollo.
-
Entró en vigor un nuevo código fiscal de la Federación, conservando básicamente las normas procesales en los mismos términos, posteriormente se incluyen en este ordenamiento las disposiciones relativas a la queja.
-
Se modifica el Código Fiscal y la Ley Orgánica del Tribunal con el objeto de promover la simplificación administrativa y se suprime la competencia que hasta ese entonces otorgaba la ley para que la sala superior revisará las resoluciones de las salas regionales a través del recurso de revisión.
-
Entra en vigor la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación conservando su nombre y la competencia pero modificando la integración de la sala superior de 9 magistrados a 11 así como su forma de operación a través de pleno o secciones.
-
El Congreso de la Unión aprueba las reformas en materias trascendentales para el Tribunal cómo son en primer lugar el cambio de nombre de la Ley Orgánica y del nombre de la institución por el de Tribunal federal de Justicia fiscal y administrativa.
-
Junto con las reformas hechas a diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, cambia la denominación del Tribunal Fiscal de la Federación a la de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
-
Con la entrada en vigor de esta ley queda derogado el titulo VI del Código Fiscal de la Federación
-
Se reforma el artículo 73 constitucional en su fracción XXIX-H señalando que el Congreso cuenta con facultades para expedir la ley que instituya el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, dotado de plena autonomía para dictar sus fallos, y que establezca su organización, su funcionamiento y los recursos para impugnar sus resoluciones.
-
En el DOF se publica una “miscelánea” en materia anticorrupción, conforme a la reforma constitucional art. 73 fracción XXIX-H, donde se contempla una nueva Ley Orgánica del “nuevo” Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
-
El entonces Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa cuenta con una nueva denominación, donde es eliminada la palabra “fiscal” para quedar como “Tribunal Federal de Justicia Administrativa”.
-
ORELLANA WIARCO OCTAVIO ALBERTO. DERECHO PROCESAL FISCAL. MEXICO, EDITORIAL PORRUA, 2018. Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Recuperado de: TFJA Sánchez Hernández Alejandro. Estructura y funcionamiento del tribunal federal de justicia fiscal y administrativa. Revistas jurídicas UNAM. Recuperado de: 14636 (unam.mx)