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-Se aplicaron las Leyes de India y de Castilla.
-Creación del Consulado de Buenos Aires
-Incorpora las ordenanzas de Bilbao, que regulan el comercio terrestre y marítimo. -
Crea la matricula para comerciantes nacionales, el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales y adopta algunas disposiciones sobre consignaciones.
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Funciono por breve lapso y se dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Se dictaron tres decretos: sobre actos de
comercio, sobre causas de comercio y alzada de comercio. -
Por decreto, Rosas suprimió los concursos de acreedores.
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En 1856 el Estado confió al jurista uruguayo asilado en el país, Eduardo Acevedo, la tarea de preparar un proyecto de Código de Comercio, que contó con la colaboración de Dalmasio Vélez Sarsfield.
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En 1859 se aprueba el código de comercio sin someterlo a discusión.
Comienza a regirse en 1860 en Buenos Aires. -
Se sancionó la Ley 15, donde el Código de Comercio es adoptado por toda la Nación.
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Se sancionó el Código Civil lo que planteo la necesidad de reformar el Código de Comercio.
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Sus modificaciones fueron:
1) El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos.
2) Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante.
3) Cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras.
4) Se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda, quitando el material que se consideraba civil. -
Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre sociedades.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Se modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
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El 01 de agosto del año 2015 se sanciona la Ley 26.994 que da lugar al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, y deroga al Código de Comercio de 1862. Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado en argentina. Este nuevo Código es la principal fuente del Derecho Comercial que se encuentra vigente.