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El vendedor entrega al comprador una nota firmada detallando lo siguiente:
*Detalle de los créditos adeudados.
*Nombre y domicilio de los acreedores.
* Monto de los créditos adeudados.
* Fechas de vencimiento (si las hay) -
Ambas partes, en conformidad, deciden celebrar un contrato de compra-venta de fondo de comercio
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Cumpliendo lo estipulado en el art. 2 de la ley N° 11.687 el sr. "A" procede a publicar por 5 días en el Boletín Oficial y en un periódico del lugar.