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de José de Gálvez en el año 1771
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Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra
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se promulgó la primera Constitución de la época independiente que siguió el modelo federal.
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teniendo como característica principal la concentración de las facultades y atribuciones en el Congreso con relación con el Poder Ejecutivo como consecuencia de la debilidad institucional de este último tanto en el orden político, como en el jurídico y el administrativo.
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a) Relaciones Exteriores e Interiores; b) Justicia y Negocios Eclesiásticos; c) Hacienda, y d) Guerra y Marina. Se identifican varias etapas en el siglo XIX. La primera etapa fue la de la administración congresional que cubre el período del año de 1824 al año de 1829,
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En la tercera década del siglo XIX se argumentaba que el sistema federal era la causa de casi todos los males de dicho periodo, razón por cual perdió su prestigio y se dio un viraje hacia el centralismo por medio de la promulgación de las llamadas Siete Leyes Constitucionales
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El paréntesis centralista termina con la promulgación de la Constitución de 1857, que volvió a la forma de república federal, lo cual no presentó cambios radicales en la etapa porfirista.
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Por mencionar solo uno, Venustiano Carranza en 1917 creó secretarías, y departamentos, y, siendo el encargado del poder ejecutivo federal, expidió el 25 de diciembre del mismo año la Ley de Secretarías de Estado.
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en 1941 el presidente Manuel Ávila Camacho creó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que ya no dependió a partir de entonces de otra secretaría
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los encargados del poder ejecutivo, se vieron en la necesidad de crear, modificar o quitar algunas secretarías, esto con el fin de adaptarse y satisfacer las necesidades políticas, sociales y económicas. Así, la última ley que se expidió fue en 1958, el proyecto de tal, fue la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Mexicana.
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De acuerdo a la interpretación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, III, Abril de 1996, página 128, intitulada “Responsabilidades de servidores públicos. Sus modalidades de acuerdo con el Título Cuarto Constitucional”, incurren en responsabilidad administrativa los servidores públicos que falten a la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en la función pública
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Dar apoyo técnico jurídico al Presidente de la República en todos aquellos asuntos que éste le encomiende.
Dar opinión al Presidente de la República sobre los proyectos de tratados a celebrar con otros países y organismos internacionales. -
Secretaria de Gobernación Secretaria de Relaciones Exteriores
Secretaría de la Defensa Nacional Secretaría de Marina Secretaría de Hacienda y Crédito Público Secretaría de Desarrollo Social
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Secretaría de Energía Secretaría de Economía Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación Secretaría de Comunicaciones y Transportes Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Educación Pública Secretaría de Salud