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cada quien se hacia justicia por su propia mano, el problema existente es la falta de limitación en la venganza, misma que fue atenuada por la Ley del Talión
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El derecho de castigar proviene de la divinidad y el delito constituye una ofensa a ésta.
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Los conceptos de pena adquieren un carácter público.
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El derecho penal se empieza a preocupar en desterrar concepciones caracterizadas por la brutalidad, crueldad, y prácticas inhumanas
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Cobra auge el estudio del derecho penal en la que surgen teorías como el derecho de defensa y el derecho de castigar.
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Movimiento jurídico filosófico anterior a las doctrinas que no se adaptaron a las nuevas ideas. Impulsado por Francesco Carrara
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Pretende cambiar el preparatorio implícito, suprimiendo su fundamentación objetiva al dar preponderante estimación a la personalidad del delincuente. Los principales exponenetes son Cesar Lombroso, Enrique Ferri y Rafaél Garofalo
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Los principales precursores fueron Alimena y Carnevale. Los principios básicos son: imputabilidad, la naturaleza de la pena, y la pena como fin.
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Nace de la bora de Franz Von Liszt. Nace la dogmática jurídica penal. Habla de la antijuridicidad, culpabilidad y la punibilidad.
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Sostiene que la conducta es un hacer voluntario, el tipo es una prohibición de la conducta (culpable/dolosa), la antijuridicidad es una contradicción y la culpabilidad es la reprochabilidad.
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El derecho penal se estructura con una categoría tricategorial, que en matemáticas sería un conjunto. Conceptos jurídicos fundamentales: punibilidad y culpabilidad
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Los principales exponentes son fueron Roxin y Jacobs; quienes se fundamentan en las formas de prevención de la comisión de los delitos.