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La administración de justicia esta en manos de un jefe, de un consejo de ancianos o de un brujo y la solución de litigios está tendrá caracteristicas místicas o mágicas religiosas. Los procesos jurisdiccionales primitivos de todos los pueblos de la Tierra presentan rasgos comunes, paralelos y similares.
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Antecedente más importanete de las construcciones sistemáticas y doctrinales posteriores. La Historia de Roma se divide en tres etapas: 1.- La Monarquía 2.- La República 3.- El Imperio y coinciden con tres etapas del desarrollo histórico del Proceso en Roma: a) de las acciones de la ley b) del proceso formulario c) proceso estraordinario.
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Existia una asamblea del pueblo o de los miembros libres del pueblo, llamada el DING, ante la cual el juez solamente intervenía como instructor, es decir, como investigador del derecho y un director de los debates. La sentencia era pronunciada por la asamblea, como resultado de una propuesta que, a su vez, recaía un mandamiento del juez, concreto, que hacía ya las veces de una sentencia.
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El proceso comienza con una citación con plazo hecho al demandado, plazo dentro del cual se presenta la demanda. contra ésta, el demandado puede oponer excepciones impedientes o dilatorias sobre las cuales se ha de decidir en otro plazo determinado. Una vez que se afinan las cuestiones que son materia propia de la controversia se recibe el pleito a pruebla copn las circunstancias. la sentencia puede ser impugnada por querella nullitatis.
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Diferentes ordenamientos característicos de la evolución del derecho español:
- Código de las partidas 1265
- Ordenamiento de Alcalá 1348
- Ordenamiento Real 1485
- Ordenanzas de Medina 1489
- Ordenanzas de Alcalá 1503
- Leyes de Toro 1503
- Nueva recopilación de 1567
- Novísima recopilación de las Leyes de España 1805 -
La codificación Francesa de principio XIX es uno de los principales frutos de la revolución. esta codificación tiene el mérito de separar los textos sustantivos de los textos adjetivos o procesales . Así veáse cómo de la quinteta de códigos napoleónicos, osea: 1.- Código Civil 2.- Código Penla 3.- Código de procedimientos Civiles 4.- Código de procedimientos Penales 5.- Código de Comercio.
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Proceso inquisitorial: el juez ejerce el poder que le ha sido transmitido o delegado por el soberano sin ninguna limitación, es el juzgador y también un ivestigador con amplios poderes e inclusive acusador.
Proceso dispositivo: el juez debe ser imparcial ante las partes y esa imparcialidad es la mejor garantía de igualdad de las partes frente al Estado.
Proceso Publicista: el juez no es simple espectador, toma en consideración la pocisión de cada parte, tiene la actitud de auxilio hacia el débil -
Teoría General del Proceso
Moisés Rendón Noriega