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  • Constitución española de 1812 o Constitución de Cádiz

    La Constitución de Cádiz, establecía la soberanía en la Nación —ya no en el rey—, la monarquía constitucional, la separación de poderes,​ la limitación de los poderes del rey, el sufragio universal masculino indirecto, la libertad de imprenta, la libertad de industria, el derecho de propiedad o la fundamental abolición de los señoríos, entre otras cuestiones, por lo que «no incorporó una tabla de derechos y libertades, pero sí recogió algunos derechos dispersos en su articulado.
  • Constitución de Apatzingán

    Marca el nivel cultural e ideológico de los constituyentes mexicanos, tuvo gran preparación jurídica y política, capacidad para organizar una nación y convertirla en un ente jurídico autónomo, librándola de la secular dependencia, y para introducirla en un régimen de derecho que garantizara la paz, la justicia y la libertad.
  • Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano

    Otorgó vigencia a las leyes, órdenes y reglamentos promulgados hasta el 24 de febrero de 1821 con el Plan de Iguala; así como a las leyes, órdenes y decretos que se expidieren en consecuencia de la Independencia de México con la entrada triunfal del Ejército Trigarante en la Ciudad de México.
  • El Acta Constitutiva de la Federación Mexicana

    Fue la formalidad jurídica mediante la cual los representantes legales de los gobiernos de los estados independientes, libres y soberanos, formados a partir de la disolución de facto del Primer Imperio Mexicano, reconocieron el 31 de enero de 1824, su intención de constituirse en un ente jurídico, con patrimonio propio y capacidad legal ante otras naciones
  • Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824

    Esta entró en vigor el 4 de octubre de ese año, después del Imperio Mexicano de Agustín de Iturbide. En la nueva Constitución, la República tomaba el nombre de Estados Unidos Mexicanos, y era definida como una República Federal Representativa, con el catolicismo como la única religión oficial.
  • Las Leyes Constitucionales de la República Mexicana

    Se estableció un cuarto poder: el Supremo Poder Conservador, el cual fue integrado por cinco ciudadanos. Estos deberían haber desempeñado la presidencia, vicepresidencia, o bien haber sido senadores, diputados, secretarios de despacho o ministros de la Corte. Este cuarto poder tenía la facultad de regular las acciones de los otros poderes (legislativo, ejecutivo y judicial), bajo el argumento de que sus integrantes tenían la capacidad de interpretar la voluntad de la nación.
  • Bases de la Organización Política de la República Mexicana

    Con este ordenamiento jurídico se organizó la nación en República centralista y se abrogó el Supremo Poder Conservador, dividiéndose el poder público en legislativo, ejecutivo y judicial. Se garantizó la igualdad, libertad y seguridad jurídica para todos los ciudadanos. Se aprobó el 14 de junio de 1843 y tuvo vigencia poco más de tres años.
  • El Acta constitutiva y de reformas de 1847

    Documento que restaura el federalismo en México, eliminado por las Siete Leyes publicadas en 1836. El acta es, en cierto sentido, el documento fundador de la Tercera República Mexicana aunque este sea más bien una prolongación de la primera.
  • La Constitución Política de la República Mexicana de 1857

    Estableció las garantías individuales a los ciudadanos mexicanos[cita requerida], la libertad de expresión[cita requerida], la libertad de asamblea[cita requerida], la libertad de portar armas. Reafirmó la abolición de la esclavitud, eliminó la prisión por deudas civiles, las formas de castigo por tormento incluyendo la pena de muerte, las alcabalas y aduanas internas.
  • Estatuto Provisional del Imperio Mexicano

    Con este nombre se conoce el documento solemne promulgado por el emperador Maximiliano el 10 de abril de 1865, con el cual pretendió dotar al régimen imperial, implantado en México a raíz de la intervención francesa, de ciertas bases constitucionales. No se trata de una Constitución Política en sentido estricto, sino de un plan de organización previa a la definitiva que revisaría el imperio.
  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917

    Fija los límites y define las relaciones entre los poderes de la federación: poder legislativo, ejecutivo y judicial, entre los tres órdenes diferenciados del gobiernoː el federal, estatal y municipal, y entre todos aquellos y los ciudadanos. Asimismo fija las bases para el gobierno y para la organización de las instituciones en que el poder se asienta y establece, en tanto que pacto social supremo de la sociedad mexicana, los derechos y los deberes del pueblo mexicano.