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En la Constitución de 1812, en ella se consagraba la manera en la que serían electos los diputados.
Las elecciones eran indirectas en los tres niveles municipal, distrital y provincial.
Tenían derecho a votar los varones españoles y algunas personas que no eran considerados mozos o sirvientes.
No podían votar los sirvientes, mozos de establos, porteros, cocineros, etc.
Los electores se presentaban ante la autoridad y manifestaban el nombre del ciudadano que elegía para el cargo de diputado. -
De acuerdo al nuevo régimen constitucional de 1836, la estructura del estado, consistirá en un Supremo Poder Conservador, un Supremo Poder Ejecutivo, el Congreso General, integrado por dos Cámaras: senadores y diputados; un Supremo Poder Judicial, los gobernadores y las Juntas Departamentales. Los únicos de elección popular serán los diputados y los siete miembros de las juntas departamentales.
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Se establecen los procedimientos electorales, los requisitos para votar y el nombramiento de diputados.
Antonio López de Santa Anna en el poder.
Por un periodo de cuatro años -
Presidente de la República
Vicepresidente de la República
50 Senadores
208 Diputados Federales -
México, una república representativa, democrática y federal. (ejecutivo, legislativo y judicial).
Con método de elección indirecto, votando por un elector que a su vez votaba para elegir los distintos puestos.
Desaparece el puesto de vicepresidente
Dividido en distritos
El ayuntamiento dividía en secciones de 500 habitantes
El primer día elegían a diputados, el segundo , el presidente y el tercer al presidente de la Suprema Corte de Justicia.
No votaban vagos, ebrios, etc. -
Cuyo lema principal fue “Sufragio Efectivo, No-Reelección”
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Se realizó la jornada electoral, en donde se designó a Francisco I. Madero y José María Pino Suárez como Presidente y Vicepresidente, respectivamente. En diciembre de ese mismo año, se aprobó la nueva ley electoral, en la que destacaba el reconocimiento a la personalidad jurídica de los partidos políticos y la emisión del sufragio de manera secreta.
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instituye a la Junta Empadronadora, las Juntas Computadoras Locales y los Colegios Electorales como organismos encargados de organizar y calificar los procesos para elegir al Presidente de la República y los miembros del Congreso de la Unión.Se establece un medio de impugnación de carácter contencioso judicial (llamada de atención moral). Las entidades federativas procedieron a modificar su legislación electoral con requisitos y lineamientos.
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El Presidente Manuel Ávila Camacho promulga la Ley Federal Electoral y crea la Comisión Federal de Vigilancia Electoral, conformada por el Secretario de Gobernación y otro miembro del gabinete, un diputado, un senador y dos representantes de los partidos políticos con mayor relevancia. De igual forma, la Ley ordena la creación de comisiones electorales locales y el Consejo del Padrón Electoral.
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El Congreso de la Unión aprueba reformar la Ley Federal Electoral para que la Comisión Federal de Vigilancia Electoral pueda arbitrar el registro de nuevos partidos políticos y emitir constancias de mayoría.
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Desaparece la Comisión Federal de Vigilancia Electoral y, en su lugar, el Congreso de la Unión aprueba la creación de la Comisión Federal Electoral. En este órgano participan con voz y voto, los representantes de todos los partidos políticos con registro legal.
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El Gobierno Federal expidió la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales (LOPPE), cuya principal aportación fue permitir el ingreso a la vida institucional de fuerzas políticas “no incluidas” y propiciar su representación en los órganos legislativos.
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El Congreso de la Unión realizó una reforma Constitucional para introducir el criterio de representación proporcional en la integración de la Comisión Federal Electoral.
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Consolida la autonomía y refuerza la imparcialidad del IFE mediante el retiro de la representación del Poder Ejecutivo.
Consuma la judicialización del contencioso electoral.
Amplía los derechos y las obligaciones de los partidos políticos y crea la figura de la agrupación política nacional
Introduce nuevos controles y mecanismos para garantizar la autenticidad y libertad del sufragio
Reestructura y precisa el régimen de faltas y sanciones, así como delitos electorales. -
Limitación de la propaganda en tiempos y lugares específicos
Derecho de replica. La renovación escalonada del CGIFE y de los magistrados de las salas del TEPJF. La fiscalización.
El reconocimiento explícito de la posibilidad de declarar la invalidez de la elección presidencial. La disposición en la Constitución de que el TEPJF sí puede juzgar la constitucionalidad de las N.E.
La regularización de la elección interna de los partidos
Partidos independientes. La homologación de las elecciones.