
Linea del tiempo (Los pueblo primitivos) por: Carlos David Carreón Hernández
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En estas comunidades primitivas los procesos se caracterizan por su formalismo y teatralidad. La administración de justicia se depositaba en brujos, consejos de ancianos o un jefe.
Los litigios se solucionaban con características místicas, mágicas o religiosas.
Sus procesos judiciales hacían referencia a formalismos, teatralidad y palabras sacramentales, estos fueron los antecedentes procesales en si. -
753 a.C- 476 d.C
Inicia una evolución del proceso mediante procedimientos rigurosos. Sus instituciones perduraron por muchos siglos y se dividió en tres etapas: monarquía, república e imperio.
En el imperio:
27-d.C- 476 d.C
Inicia una etapa llamada “proceso extraordinario”, que es la manifestación del orden judicial público -
401 d.C- 500 d.C
Con ellos empieza la decadencia del imperio romano, el surgimiento del cristianismo y las llamadas invasiones bárbaras o marcha de los pueblos germánicos hacia el sur. señaló el inicio de la Edad Media.
Sus litigios eran conocidos por una asamblea del pueblo (ding) en la que el juez solo intervenía como investigador del derecho y director en los debates, la sentencia era dictada por la asamblea, tenían un procedimiento público, oral y formalista. -
600 d.C- 1300 d.C
Se fusiona el procedimiento romano y germano, el proceso se caracteriza por su lentitud.
Para la mitad del siglo xiii hubo reformas para agilizar el procedimiento y surgen los juicios sumarios, como el procedimiento ejecutivo, el proceso de mandato condicionado o no condicionado y el procedimiento de embargo. Surge también el procedimiento rápido, antecedente del hoy juicio sumario. -
Con influencia romana. Del espíritu romano y germano surge el fuero juzgo que tiene un sello humanista y filosófico, aunque de poca aplicación. Un ordenamiento importante fué el código de las partidas de 1265, el cual retornó al proceso clásico romano y que en su partida iii tiene como antecedente de derecho procesal, al digesto. La tercera partida se proyecta como fuente de inspiración de la mayoría de códigos de procedimientos civiles hispanoamericanos.
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1789-1799
Movimiento social, económico y filosófico trascendental para la humanidad, basado en la filosofia de la ilustración e ideas de rousseau, montesquieu, voltaire y locke.
Movimiento individualista, se dan garantías individuales, lucha de clases, surge la codificación francesa, que tiene como mérito el separar códigos de derecho adjetivo y procesal, código civil, penal, procesal civil y de procedimientos penales y el código de comercio. -
El juez ejerce el poder sin limitación, es juzgador, investigador y acusador (regimenes absolutorios)
proceso dispositivo: todo lo que no está prohibido, está permitido, el estado está limitado y el juez es imparcial ante las partes, ejerciéndose la igualdad.
Proceso publicista: crea ramas especiales del derecho como el agrario y laboral, protege el interés colectivo y es de óredn público. El estado protege derechos e intereses de grupo o clase, procura encontrar la verdad