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Constitución de Cádiz
Sistema de elección indirecto para elegir a los integrantes de las Cortes, tipo de voto censitario.
Sólo los ciudadanos españoles podían ejercer esta prerrogativa. -
Constitución de Apatzingán.
Aportó elementos trascendentes para el constitucionalismo.
En materia de elecciones estaba previsto, al igual que la Constitución de Cádiz, un sistema de elección indirecta para elegir a los diputados del Supremo Congreso, quienes tenían la representación nacional. -
Constitución de 1824.
Se contempló una forma de Estado Federal. Instituyó un sistema indirecto para la integración del Congreso federal. Durante su periodo de vigencia que transcurrió de 1824 a 1835, se emitieron las reglas para las elecciones de diputados y ayuntamientos (1830), en el que se estableció el procedimiento para las elecciones primarias y secundarias de la elección para diputados, así como la de los ayuntamientos, las cuales se llevaban a cabo de forma indirecta. -
Siete Leyes Constitucionales.
Forma de Estado Centralista. Se retomó una noción censitaria de la ciudadanía tanto para poder votar como para ser votado a cargos públicos. Se promulgó un ordenamiento sobre elecciones de diputados para el Congreso General y los individuos que compongan las Juntas Departamentales (noviembre de 1836), la cual regulaba la elección de los diputados a través de las juntas primarias o de compromisarios, elecciones secundarias, de Diputados y de las juntas departamentales. -
Bases Orgánicas
Se mantuvo la forma indirecta de elección, así como la forma de Estado centralista con una visión censitaria de la ciudadanía. -
Constitución de 1857.
Se restableció la forma de Estado Federal, y se retornó a una visión liberal de éste, reconociendo los derechos del hombre como un aspecto inherente al ser humano.
La ciudadanía ya no se encontraba condicionada a cuestiones censitarias; los derechos políticos no eran concebidos como derechos del hombre sino como prerrogativas ciudadanas otorgadas por el Estado. -
Ley Orgánica Electoral.
Se disponía que los electores debían ser nombrados por secciones, también regulaba la conformación de las juntas electorales de distrito, de las elecciones para diputados, presidente de la República y presidente, y ministros de la Suprema Corte de Justicia, las funciones del Congreso como cuerpo electoral, los periodos electorales, las causas de nulidad de las elecciones y la instalación de los poderes públicos. -
Ley Electoral, 1911.
Estructuró las bases para la configuración de un sistema electoral, en el que la renovación de los poderes públicos se supeditara a parámetros democráticos de mayor certeza para el contexto de aquella época.
Derivado del asesinato de Francisco I. Madero, y la usurpación del poder que hiciera Victoriano Huerta, se provocó el levantamiento de varios caudillos y militares, entre ellos Venustiano Carranza, cuyo objetivo de éste era restaurar la legitimidad constitucional -
Constitución de 1917.
Albergó un sistema electoral directo a diferencia de los anteriores textos constitucionales, con lo que se generó un acercamiento real a la voluntad ciudadana. En cuanto a las prerrogativas ciudadanas, éstas sólo podían ser ejercidas por los varones, lo cual resultaba explicable por el contexto histórico y social de la época. -
Ley Electoral
Se establecieron las reglas para la organización de las elecciones. Promulgada por Carranza. -
Ley para la Elección de Poderes Federales.
El rasgo distintivo fue la definición en la conformación de los padrones y las Juntas Computadoras de los Estados.
Promulgada por Carranza. -
Ley Electoral Federal
Se concentró en el ámbito federal todo lo relativo a la materia electoral, eliminando así las facultades que anteriormente poseían los estados y los municipios. -
Ley Electoral Federal, 1951.
Siguió la misma estructura y contenido que la emitida en 1946, creándose la Comisión Federal Electoral, órgano encargado de la organización electoral —antecedente del IFE y del INE— contando con atribuciones mucho más delimitadas que estos organismos constitucionales. -
Reforma Electoral de 1953.
La regulación de los derechos políticos se cimentó en un rango de igualdad, a través del reconocimiento del voto a las mujeres, trayendo consigo la ampliación de la base de los sujetos activos y pasivos. Anteriormente su participación había estado vetada, siendo que en otros países dicho reconocimiento se efectuó con años de antelación. Promovida por Adolfo Ruiz Cortínez. -
Reforma a la Ley Federal Electoral.
Trae consigo la conformación por primera vez de un Registro Nacional de Electores. -
Modificación Constitucional de 1963.
Se contemplaba la figura de representación de los partidos políticos, la cual buscaba, que éstos pudieran acceder con algunos representantes al Congreso de la Unión. Fue la primera etapa en la que se protegía, el derecho político de votar de los ciudadanos por posturas ideológicas distintas al partido hegemónico. Dar cauce político a las fuerzas minoritarias a través de una representación semiproporcional resolvió, temporalmente, la crisis de legitimidad del sistema político mexicano. -
Reforma Política de 1977.
Una de las reformas más sustanciales de la historia electoral de nuestro país. Dicha reforma establecía la figura de la representación proporcional, innovadora y necesaria para resolver las circunstancias de aquella época, en donde las posturas minoritarias eran descartadas en la toma de decisiones fundamentales. -
Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorale 1982.
Jesús Reyes Heroles, secretario de Gobernación durante el sexenio del presidente José López Portillo, diseñó una reforma electoral que contemplaba la representación proporcional junto con el principio de mayoría relativa, denominándose sistema mixto de elección. Se reconoció constitucionalmente a los partidos políticos como entidades de interés público y se elaboró una ley especial de la materia, denominada Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales. -
Reforma Constitucional de 1985.
Reforma constitucional mediante la que se aumentó a quinientos los diputados del Congreso de la Unión, dando mayor cabida a las posiciones políticas distintas del partido dominante. -
Creación del Instituto Federal Electoral.
Órgano constitucional autónomo, encargado de organizar y dirigir las elecciones en nuestro país, y el Tribunal Federal Electoral (antes Tribunal de lo Contencioso Electoral). Posteriormente, en 1993 se implementó la figura de primera minoría en el Senado, con el fin de fortalecer la representación partidista. -
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Otra modificación constitucional de realce se dio en 1996, precedida de acalorados debates entre los actores políticos de dicha época, culminando con una reestructuración política-electoral concertada que vino a complementar los cambios efectuados anteriormente. En dicha reforma nació el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, insertándose en la estructura del Poder Judicial. -
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales aprobado en ese año por el Congreso de la Unión otorgó al IFE 53 atribuciones. -
Reforma político-electoral 2014.
Ha sido considerada en buena medida como una respuesta a las diversas exigencias políticas planteadas principalmente por algunos partidos políticos, teniendo como objetivo primordial, propiciar una mayor equidad en las contiendas electorales, principalmente en las entidades federativas.