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El 31 de diciembre de 1949, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la derogación del "Decreto de Creación de la Comisión Nacional de Turismo", aunado a esto se promulgo la primera ley en materia de turismo en México, la Ley Federal de Turismo.
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El 1 de marzo de 1961 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Turismo, la cual tuvo como propósitos centrales el fomento al turismo y la protección al turista.
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El 28 de enero de 1974, se publica en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Fomento al Turismo, la cual tenia como característica esencial el crédito para el fomento de la actividad turística. Aunando a esto se da origen a un pilar en la política pública turística; el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR),
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El 15 de enero, se publicó la Ley Federal de Turismo que tenía por objeto la promoción de la demanda interior y exterior, el fomento y desarrollo de la oferta turística, la conservación, mejoramiento de los recursos turísticos y en general, la planeación y programación de la actividad turística
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El 6 de febrero de 1984, se publica en el Diario Oficial de la Federación el decreto donde se establece la quinta ley en materia turística.
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El 31 de diciembre de 1991, se publica en el Diario Oficial de la Federación, otra versión de la ley de la materia turística. Quedando abrogada la Ley Federal de Turismo publicada en febrero de 1984 y sus reglamentos, lo mas notable de esta ley es que le quita la obligación a los prestadores de servicios de inscribirse al padrón, lo que elimina cualquier registro contable posible de los mismos.
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DE LOS REQUISITOS QUE DEBEN CONTENER LOS CONTRATOS QUE CELEBRAN LOS PRESTADORES SE SERVICIOS TURÍSTICOS CON LOS USUARIOS Y TURISTAS.
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Requisitos de seguridad información y operación que deben cumplir los prestadores de servicios turísticos de turismo de aventura.
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Elementos normativos del seguro de responsabilidad civil que deben contratar los prestadores de servicio turísticos de hospedaje para la protección y seguridad de los turistas o usuarios.
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Requisitos mínimos de información higiene y seguridad que deben cumplir los prestadores de servicios turísticos de campamentos.
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El 17 de junio de 2009, se publica en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de Turismo, que contiene 73 artículos, organizados V títulos y ocho transitorios, la cual entro en vigor al día siguiente de su publicación,
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Requisitos mínimos de seguridad a que deben sujetarse los operadores de buceo para garantizar la prestación de servicio.11