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CODIGO INTERNACIONAL DE COMERCIALIZACION DE SUCEDANEOS.
Este fue publicado en 1981 por OMS/UNICEF y este ha sido adoptado por muchos países entre ellos Honduras, el código son un conjunto de reglas destinadas a proteger la lactancia materna de las prácticas de marketing pico éticas, no se trata de imponer sino de regular estas prácticas de comerciizacion. -
Es la descripcion de como ha evolucionado las leyes y normas de LM a travez de los años , tomando en cuenta el auge que presento los sucedaneos y contra los cuales se ha estado luchando para priorizar la lactancia Materna Exclusiva.
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En este año se reconoce que la promoción comercial de los sucedaneos, contribuye al aumento de la lactancia artificial y pide a los estado miembros que velen por su cumplimento.
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Es la resolucion correspondiente al año 1986 en la que insta a los Estados miembros a que aseguren que las pequeñas cantidades de sucedaneos sean compradas por los canales normales de compras de las instituciones y no a través de donaciones o subvencionadas.
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Esta declaración fue producida y adoptada por todos los participantes en la reunión de la OMS/UNICEF.
Esta declaración refleja el contenido del documento original preparado para la reunión.
Reconoce
*Provee una nutrición ideal para los niños y contribuye a su saludable crecimiento y desarrollo.
*Reduce la incidencia,severidad de las enfermedades infecciosas, disminuyendo la morbi-mortalidad infantil.
*Provee beneficios sociales,economicos,para la familia y nacion. -
A partir de este año se inicia con los cambio en pro de la lactancia,cuando se establecieron dos centros de capacitación de LM localizados en los principales hospitales del país, H.Escuela,H Leonardo Martinez con el objetivo de capacitar al personal en el manejo clínico de la Lactancia Materna.
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Esta iniciativa nace en 1991 por la OMS/UNICEF con el objetivo de proteger,promover y apoyar la LME en los establecimientos que prestan servicios de maternidad.
En HONDURAS la SESAL inicia su implementaron en 1993 para poder practicar los 10 pasos para una lactancia materna feliz. -
Esta nace con el decreto #4780 el 8 de noviembre 2005 siendo su base legal "norma para el fomento y la protección de la LM.
Llamándose"Consejo consultivo de lactancia Materna y grupos comunitarios de apoyo"
Pero fue hast el 2007 que se conformo la comisión para así dar cumplimiento ala Declaración de Innocenti y ala estrategia Mundial de Alimentación del Lactante y Niño pequeño. -
2001 BCE
Resolución WHA 54.2
Establece como recomendación mundial de la LME por 6 meses con introducción de alimentos complementarios y continuación de la lactancia materna hasta por 2 años o mas. -
Pide a los estados miembros;
1 Aseguren que nonse hagan afirmaciones sobre nutrición y salud en las etiquetas e información en sucedaneos.
2 Estén conscientes del riesgo de contaminación de las fórmulas en polvo y aseguren que sean incorporadas alas etiquetas de los productos.
3 Aseguren que el apoyo financiero y los incentivos a programas y profesionales de la salud no crean situaciones de conflicto de intereses. -
Este decreto pertenece ala ley de Fomento Y Protección de Lactancia Materna de Honduras.
La cual menciona en diferentes articulos, la promoción de la lactancia materna,las facultades y funciones de CONALMA.
Siendo esta ley de Fomento yvproteccion de LM como una de las completas de el continente americano.